HomeTransparenciaNormativas y reglamentos

DOCUMENTACIÓN

  • Tasas y cánones competiciones 2024
  • Normativa General Competiciones 2024
  • Normativa Organización Fases Finales 2024
  • Financiación de competiciones 2024
  • Reglamento Interno Comité Auditoría y Control Económico
  • Tasas Convenios y contratos publicitarios 2022
  • Reglamento General
  • Normativa ayudas a otro personal 2023
  • Código de Buen Gobierno

1. LICENCIA/CARNET U OTROS CONCEPTOS

CONCEPTO 2024
Carnet de jugador / Homologación Licencia Autonómica (no incluye seguro obligatorio deportivo) 19,00 €
Carnet de Árbitr@ Nacional (no incluye seguro obligatorio deportivo) 33,00 €
Tramitación seguro obligatorio deportivo FEPelota (jugadores y árbitros) 25,00 €
Registro anual de Club primer registro 116,00 €
Registro anual de Club renovación temporada 78,00 €

2. INSCRIPCIÓN CAMPEONATOS DE ESPAÑA

2.1. FEDERACIONES

COMPETICIONES 2024
Frontón 30 metros Juvenil, Cadete e Infantil (Frontenis PRE) 117,00 €
Frontón 30 metros Juvenil y Sub 22 por cada especialidad y categoría (PGMJ-PGFJ-PGMS22-PGFS22) 80,00 €
Frontón 30 metros Juvenil y Sub 22 por el conjunto de las cuatro especialidades y categorías (PGMJ-PGFJ-PGMS22-PGFS22) 256,00 €
Frontón 30 metros Juvenil y Sub 22 por cada especialidad y categoría (FMJ-FFJ-FMS22-FFS22) 80,00 €
Frontón 30 metros Juvenil y Sub 22 por el conjunto de las cuatro especialidades y categorías (FMJ-FFJ-FMS22-FFS22) 256,00 €
Frontón 30 metros Absoluto por cada especialidad (FM-FF-PGM-PGF-FPM-FPF) 173,00 €
Frontón 30 metros Absoluto por el conjunto de las seis especialidades (FM-FF-PGM-PGF-FPM-FPF) 831,00 €
Frontón 36 metros Juvenil por cada especialidad (MIM-MIF-MPM-MPF-PL-PC) 74,00 €
Frontón 36 metros Juvenil por el conjunto de las seis especialidades (MIM-MIF-MPM-MPF-PL-PC) 355,00 €
Frontón 36 metros Sub 22 por cada especialidad (MI-MP-PL-PC-CPM-CPF) 85,00 €
Frontón 36 metros Sub 22 por el conjunto de las seis especialidades (MI-MP-PL-PC-CPM-CPF) 408,00 €
Frontón 36 metros Absoluto – Mano (individual y parejas) 347,00 €
Frontón 36 metros Absoluto – Herramienta (Paleta Cuero y Pala Corta) 347,00 €
Frontón 36 metros Absoluto – Mano y Herramienta 578,00 €
Frontball Abierto 96,00 €

2.2. CLUBES

COMPETICIONES 2024
Frontón 30 metros Abierto Paleta Goma Masculina 96,00 €
Frontón 30 metros Abierto Paleta Goma Femenina 96,00 €
Frontón 30 metros Abierto Frontenis Femenino 96,00 €
Frontón 30 metros Abierto Frontenis Masculino 160,00 €
Frontón 30 metros Abierto Frontenis Pre Masculino 160,00 €
Frontón 30 metros Abierto Frontenis Pre Femenino 96,00 €
Frontón 36 metros Honor 250,00 €
Frontón 36 metros Primera 271,00 €
Frontón 36 metros Segunda 173,00 €
Frontón 54 metros Cesta Punta Femenina 96,00 €
Frontón 54 Metros Cesta Punta Masculina 156,00 €
Trinquete Abierto Clubes / Independientes 96,00 €
Fase Ascenso o clasificatorias 103,00 €
Frontball Abierto Clubes / Independientes 96,00 €

2.3. JUGADORES

AFICIONADOS 2024
Juvenil y anteriores 12,00 €
Sénior 19,00 €

3. CANON ORGANIZACIÓN CAMPEONATOS DE ESPAÑA

3.1. FEDERACIONES

COMPETICIONES 2024
Frontón 30 metros Juvenil, Cadete e Infantil (Frontenis PRE) 798,00 €
Frontón 30 metros Juvenil y Sub 22 (Paleta Goma) 1.650,00 €
Frontón 30 metros Juvenil y Sub 22 (Frontenis) 1.650,00 €
Frontón 30 metros Absoluto 2.657,00 €
Frontón 36 metros Juvenil 1.565,00 €
Frontón 36 metros Sub 22 1.736,00 €
Frontón 36 metros Absoluto 3.585,00 €
Frontón 36 metros Copa S.M. El Rey 3.585,00 €

3.2. CLUBES

COMPETICIONES 2024
Frontón 30 metros Abierto Paleta Goma (M y F) 781,00 €
Frontón 30 metros Abierto Frontenis (M y F) 1.954,00 €
Frontón 30 metros Abierto Frontenis PRE (M y F) 1.954,00 €
Frontón 36 metros Honor 2.735,00 €
Frontón 36 metros Primera 2.345,00 €
Frontón 36 metros Segunda 1.563,00 €
Frontón 36 metros Fase de Ascenso 1.173,00 €
Frontón 54 metros Cesta Punta (M y F) 2.735,00 €
Trinquete Abierto 1.563,00 €
Frontball (M y F) 1.275,00 €

4. CANON ORGANIZACIÓN CAMPEONATOS Y COPAS DEL MUNDO

COMPETICIONES

2024

Campeonato del Mundo Absoluto

44.836,00 €

Sede Campeonato del Mundo Sub 22

11.209,00 €

NOTA: La adjudicación de cualquiera de las competiciones será previa convocatoria oficial realizada por la FEPelota, con un concurso de bases o previa negociación con la sede. En ambos casos se firmará un convenio regulador con las condiciones de organización, entre la sede y la FEPelota, cumpliendo la normativa oficial del CSD y la FIPV.

5. CANON ORGANIZACIÓN COPAS DE EUROPA

CONCEPTO 2024
Para cualquiera de las Copas de Europa el canon es único y mínimo 1.681,00 €

NOTA: La adjudicación de cualquiera de las competiciones será previa convocatoria oficial realizada por la FEPelota, con un concurso de bases o previa negociación con la sede. En ambos casos se firmará un convenio regulador con las condiciones de organización, entre la sede y la FEPelota, cumpliendo la normativa oficial del CSD y la FIPV.

6. CANON ORGANIZACIÓN OTRAS COMPETICIONES

COMPETICIONES 2024
Internacional 1.681,00 €
Nacional 1.236,00 €

NOTA: La adjudicación de cualquiera de las competiciones será previa convocatoria oficial realizada por la FEPelota, con un concurso de bases o previa negociación con la sede. En ambos casos se firmará un convenio regulador con las condiciones de organización, entre la sede y la FEPelota, cumpliendo la normativa oficial del CSD y la FIPV.

7. TARIFAS ARBITRAJES CAMPEONATOS DE ESPAÑA

CONCEPTO 2024
Árbitr@ Principal x partido disputado 21,00 €
Árbitr@ Auxiliar x partido disputado 16,00 €

1. FECHAS DE CELEBRACIÓN

1.1. Las fechas de celebración de las competiciones son inamovibles; los participantes que tengan otras actividades, sea cual fuere su rango, deberán acomodar estos compromisos al cumplimiento del calendario establecido, no constituyendo causa de modificación de fecha la coincidencia de esas otras actividades.

1.2. Los partidos de los campeonatos se disputarán en los frontones y horarios que se indican en la inscripción correspondiente. En el supuesto de que no se haya reflejado, se entenderá que, los Clubes/Federaciones acordarán día y hora para cada categoría y modalidad, no pudiendo separarse las especialidades de una misma modalidad en fechas o instalaciones distintas. 

1.3. A todos los efectos se considera el domingo por la mañana como fecha oficial de competición, las demás jornadas son optativas, debiendo ponerse de acuerdo los equipos contendientes. 

Si no hubiera acuerdo entre los equipos contendientes, será la FEPelota quien determinará día y hora de acuerdo con lo que determina el Reglamento General vigente.

        • Competiciones por concentración.

La fase final se celebrará de viernes (mañana y/o tarde) a domingo por la mañana, quedando los sábados por la tarde para disputar las semifinales, y domingo por la mañana las finales.

1.4. Si hubiera de cambiarse la fecha de alguno de los partidos, los equipos pedirán autorización a la FEPelota, solicitándolo el equipo interesado por escrito, con una antelación mínima de 3 días, debiendo confirmar o denegar tal cambio el equipo contrario por escrito.

1.5. Cualquier partido celebrado en fecha distinta a la establecida en el calendario oficial, sin conocimiento o autorización previa de la FEPelota, no tendrá validez, siendo los gastos producidos por cuenta del equipo que no haya obrado conforme a las normas.

2. INSTALACIONES DE JUEGO

NOTA: Es obligatoria la disputa de los Campeonatos de España en Frontones, Trinquetes y canchas de Frontball reglamentarios. 

2.1. En la categoría de Honor de las competiciones de Federaciones o Clubes, los partidos deberán disputarse en frontón cubierto, siendo las medidas de los mismos adecuadas a las características de Frontón 30 metros, Frontón 36 metros, Frontón 54 metros, en función de la competición a celebrarse.

2.2. En el supuesto de frontones descubiertos, en los que no se pudieran celebrar las competiciones por causas climatológicas, se podrá variar el lugar de competición a otro frontón (máxima distancia, ida y vuelta, de 50 km.); siendo por cuenta del equipo local el abono del incremento de kilómetros, conforme a la subvención fijada en esa competición.

2.3. En todo caso, la FEPelota autorizará previamente los frontones donde deban disputarse encuentros de categoría nacional, con el fin de admitir o denegar su utilización.

2.4. Para el Campeonato de España de Federaciones, categoría absoluta, las Federaciones que quieran participar deberán tener obligatoriamente dentro de su Comunidad Autónoma un frontón cubierto reglamentario donde disputar los encuentros del campeonato. 

Excepcionalmente, se autorizará que aquellas Federaciones Autonómicas que no dispongan de un frontón cubierto reglamentario en su comunidad, puedan jugar en una instalación de otra Comunidad Autónoma, corriendo la citada Federación con los gastos de los desplazamientos a realizar hasta la instalación elegida.

2.5. Los frontones en donde los clubes jueguen sus partidos de liga deberán estar ubicados en la localidad donde el club tenga su razón social o donde esté dado de alta fiscalmente. Solo se podrá reflejar en la hoja de inscripción un único frontón. 

Solo en casos excepcionales, y previa autorización de la FEPelota, se podrá optar por otro frontón alternativo fuera de la localidad de ubicación de la razón social del club solicitante. En los Campeonatos por Federaciones, estas podrán utilizar más de un frontón siempre que esté ubicado dentro de su Comunidad Autónoma.

3. MATERIAL DE JUEGO

3.1. El material será presentado por los equipos participantes, en función de lo que especifica el Reglamento General, Artículo 44 y siguientes, homologado por la FEPelota, tanto durante las ligas como en las fases finales. 

3.2. Podrá ser designado un “Seleccionador de Material” exclusivamente para las fases finales de cualquier Campeonato de España, y será el encargado de supervisar la selección del material para la especialidad de Mano.

        • Recorrido del material de Mano en Frontón 36 metros.

a) En el caso de los partidos en los que la FEPelota no establezca elección de material previa, antes del sorteo del saque (lanzamiento de la chapa), se intercambiarán entre los equipos las pelotas presentadas para el partido.

b) En el caso de no estar de acuerdo alguno de los equipos del material presentado por su rival, advertirá al árbitro, que será quien dará el visto bueno o no al material presentado y reclamado, de acuerdo a su recorrido.

c) En el caso de no dar el visto bueno, solicitará la aportación de pelotas válidas al equipo propietario de la misma; de no tener pelotas, se jugará con las pelotas válidas aportadas, por el contrario. 

d) El recorrido de una pelota se calculará en el saque máximo, sin tocar pared, y realizado el saque por el equipo que reclama.

CATEGORÍA

RECORRIDO MÁXIMO

RECORRIDO MÍNIMO

CUADROS

METROS

CUADROS

METROS

SENIOR

3

10,5

2

7

JUVENIL

2 y 1/2

8,75

1 y 1/2

5,25

CADETE

2

7

1

3,5

INFANTIL

2

7

1

3,5

ALEVÍN

1

3,5

1/2

1,75

BENJAMÍN

3.3. En las especialidades de Frontón 30 metros el material para disputar los partidos de las competiciones será facilitado por la FEPelota.

Si alguna pelota se deteriorase en el transcurso del partido, será retirada por el árbitro, pero queda prohibido sacar otro lote de pelotas, hasta que no queden como mínimo una por cada equipo, en este caso se sacará un nuevo lote de pelotas.

4. PARTICIPANTES DE LAS COMPETICIONES

NOTA: Para poder participar en cualquier competición se deberá estar al corriente de pagos con la FEPelota.

4.1. Todo pelotari solo podrá participar en Campeonatos de España de Federaciones o Clubes representando a una Federación o Club, por aquel Club o aquella Federación con quien tramitó la licencia.

Excepcionalmente, en competiciones por Federaciones, si una Federación Autonómica no se inscribe, se admitirá la inscripción de un Club o pelotaris independientes adscritos a esa Federación, prevaleciendo el Club sobre los pelotaris.

4.2. Las inscripciones y pagos, tanto de equipos como de pelotaris, se realizarán a través de la APP de la FEPelota, y siempre dentro de los plazos señalados.

Nota: Para poder realizar las inscripciones es necesario previamente que la Federación Autonómica correspondiente haya aportado a la FEPelota el listado completo de licencias autonómicas en vigor.

Si las inscripciones son en «abierto» se podrá inscribir una Federación y/o Club con un máximo de dos equipos, por cada una de las especialidades convocadas, más el equipo campeón del año anterior.

        • Tipos.

a) En las competiciones en  “abierto» se deberán inscribir a los pelotaris titulares a la vez que inscribe al equipo.

b) En las competiciones que no son en “abierto”, podrán inscribirse hasta un día antes del inicio de la competición.

        • Plazos.

En todas las competiciones se permite la inscripción de pelotaris, conforme lo que se indica en el Reglamento General:

a) En ligas a doble vuelta, antes del inicio de la segunda vuelta.

b) En ligas a una vuelta, antes del inicio de la jornada que señala la mitad de la liga.

c) En competiciones en concentración, hasta antes del inicio de los cuartos de final, previo visto bueno de la FEPelota.

4.3. Cesiones.

No obstante lo anterior, se autoriza a que los pelotaris puedan participar en Campeonatos de España, tanto de Federaciones como de Clubes, por un Club o una Federación distinta por la que tramitó su licencia, por cesión y exclusivamente para el Campeonato para el que fue cedido, regresando a su Club/Federación de origen, una vez finalizado el mismo, no impidiendo esta cesión su participación en otro Campeonato de España por otro Club/Federación.

No se limita el número de cesiones, pudiendo un equipo, Club/Federación, tener más de una por competición.

Para cada cesión se deberá efectuar el trámite legal establecido, mandando toda la documentación generada a la FEPelota, como mínimo siete días antes de que el pelotari pueda participar en la competición para la que ha sido cedido, con el fin de que esta efectúe la autorización, que deberá ser por escrito. De no cumplirse esta norma, cualquier cesión no tendrá validez.

No se podrán efectuar cesiones una vez iniciada la competición.

Para que se pueda efectuar cualquier cesión, la Federación, Club, Asociación, Agrupación o Pelotari, deberán aportar la siguiente documentación según sea la competición:

        • Por Federaciones.

a) Federación solicitante: escrito dirigido a la Federación a la que pertenece el pelotari, haciendo constar la competición para la que se solicita.

b) Federación que cede: escrito de cesión, haciendo constar la competición para la que es cedido.

c) Club, Asociación o Agrupación: si el pelotari tiene afiliación, deberá efectuar el visto bueno.

d) Pelotari: escrito de conformidad.

        • Por Clubes.

a) Club solicitante: escrito dirigido al Club al que pertenece el pelotari, haciendo constar la competición  para la que se solicita.

b) Club que cede: escrito de cesión, haciendo constar la competición para la que es cedido.

c) Federación a la que pertenece el pelotari: visto bueno de la cesión.

d) Pelotari: escrito de conformidad.

4.4. Las inscripciones para poder participar en los Campeonatos de España se realizarán de la forma siguiente:

          • Competiciones por Federaciones.

a) Las inscripciones se harán a través de la APP de la FEPelota, así como el pago de las tasas debidamente aprobadas, cumplimentadas por las Federaciones Autonómicas. No habrá límite en el número de jugadores a inscribir, salvo las que se indican en el Artículo 9 del Reglamento General. 

b) Los pelotaris no podrán participar en un mismo campeonato, más que por una sola Federación Autonómica. 

c) L@s pelotaris deberán tener expedida licencia federativa por las Federaciones Autonómicas correspondientes o, en su caso, presentar la documentación de la cesión descrito en el Artículo 9 del Reglamento General.

d) Los pelotaris inscritos por una Federación Autonómica para cualquier Campeonato de España podrán cambiar a otra, siempre que no hayan intervenido en ningún partido del Campeonato, como titular, y que cumplan lo previsto en el Artículo 8 del Reglamento General.

e) En las fases finales podrán intervenir los siguientes pelotaris:

i. Competiciones derivadas de ligas clasificatorias, solo podrán actuar los pelotaris inscritos para la liga. 

ii. Competiciones disputadas por eliminatorias, los pelotaris inscritos hasta cuartos de final, incluidos.

f) Las Federaciones Autonómicas podrán ampliar las inscripciones de peloatris de la siguiente forma:

i. Competiciones de liga a doble vuelta: se deberán realizar antes de iniciar la segunda vuelta.

ii. Competiciones de liga a una vuelta: antes de la jornada que medie la competición.

iii. Competiciones por eliminatorias: hasta cuartos de final incluidos.

iv. No se permite la ampliación en las competiciones en concentración, durante la celebración de la misma.

g) Los pelotaris que intervengan por una Federación Autonómica en algún Campeonato, a efectos de participación, deberán permanecer todo el año en esa Federación.

          • Competiciones por Clubes.

a) La inscripción en Campeonatos de España por Clubes, se hará mediante la inclusión del pelotari en la APP de la FEPelota, y el abono de las tasas debidamente aprobadas.

b) Los pelotaris podrán participar en competiciones por Clubes por más de un Club, en el año en curso, diferente del que le expidió la licencia, siempre que sea de distinta modalidad: Frontón 30 metros, Frontón 36 metros, Frontón 54 metros, Trinquete o Frontball, y cuente con la cesión correspondiente.

c) Los pelotaris inscritos por un Club para cualquier Campeonato de España podrán cambiar a otro, siempre que no hayan intervenido en ningún partido del Campeonato, como titular, y que cumpla lo previsto en el Artículo 8 del Reglamento General.

d) En las fases finales podrán intervenir los siguientes pelotaris:

i. Competiciones derivadas de ligas clasificatorias, solo podrán actuar los pelotaris inscritos para la liga.

ii. Competiciones disputadas por eliminatorias, los pelotaris inscritos hasta cuartos de final, incluidos.

e) Los Clubes podrán ampliar las inscripciones de pelotaris de la siguiente forma:

i. Competiciones de liga a doble vuelta: se deberán realizar antes de iniciar la segunda vuelta.

ii. Competiciones de liga a una vuelta: antes de la jornada que medie la competición.

iii. Competiciones por eliminatorias: hasta cuartos de final incluido.

iv. No se permite la ampliación en las competiciones en concentración, durante la celebración de la misma.

f) Los pelotaris que intervengan por un Club en algún Campeonato, a efectos de participación, deberán permanecer todo el año en ese Club, con la excepción de lo que determina el punto “b”.

g) Se autoriza la alineación, por Club y jornada en un Campeonato de España, de solo un pelotari extracomunitario y previamente autorizado según el Reglamento por la FEPelota.

h) Equipos Promesas.

La FEPelota en los Campeonatos por Clubes, en cualquier modalidad, podrá aceptar la inclusión de equipos promesas o secciones juveniles, sin personalidad jurídica, con las siguientes características:

i. Los indicados equipos, con denominación de promesas, a continuación del nombre oficial del Club, no podrán alcanzar la categoría del primer equipo o titular, o sea el que ostenta la personalidad jurídica, debiendo permanecer en categoría inferior.

ii. Si el equipo titular descendiera de categoría y coincidiese con el equipo promesas, éste descenderá de categoría automáticamente a la categoría inmediatamente inferior, ocupando su puesto el equipo de ésta que le correspondiese en turno de ascenso.

iii. En el supuesto de alcanzar el equipo titular y promesas la misma categoría, por ascenso de este último, deberá el equipo promesas renunciar al puesto de ascenso, que ocupará el que le corresponda por turno de ascenso.

En los puntos “ii” y “iii”, en el supuesto de que los turnos de ascensos se agotaran, la FEPelota, propondrá los partidos necesarios entre los terceros y/o cuartos clasificados de las ligas o habilitaría el sistema más adecuado de ascensos para confeccionar los grupos.

iv. Los pelotaris inscritos en los equipos promesas, para poder participar en los Campeonatos de España de Clubes, deberán cumplir como máximo 26 años de edad, en el año del comienzo del campeonato.

v. Los Clubes que tengan categoría nacional y disputen fases de ascenso con equipos promesas, los pelotaris que actúen en la fase de ascenso, en el mismo año, no podrán actuar con el equipo titular o de superior categoría.

vi. El equipo titular o de superior categoría, podrá utilizar pelotaris de los equipos promesas e incorporarlos a sus equipos, exceptuando a aquellos pelotaris que hubiesen intervenido en fases de ascenso, pudiendo volver éstos a la categoría inferior. La participación de los pelotaris del equipo promesas en la categoría superior sólo podrá realizarse un máximo de dos veces, ya que a la tercera actuación quedará el pelotari integrado en el equipo titular definitivamente, no pudiendo actuar en el equipo promesas durante el resto de la competición, esta situación tan sólo se podrá efectuar con equipos que practiquen la misma modalidad.

vii. Los equipos titulares y promesas, deberán confeccionar las fichas de inscripción de pelotaris de manera independiente, no pudiendo inscribir a un mismo pelotari en los dos equipos a la vez, por lo que se deberán definir los pelotaris del equipo titular o superior categoría y del “promesas”.

viii. Los pelotaris de los equipos promesas, para que puedan intervenir en un partido con el equipo titular o superior categoría, no será obligatorio que estén inscritos en el listado de este último equipo, debiendo presentar el listado del equipo promesas dónde esté incluido el o los pelotaris.

ix. En las fases finales los pelotaris solo podrán intervenir con un equipo.

x. Los Clubes titulares o primeros equipos, podrán tener como máximo un equipo promesas por categoría y modalidad.

xi. En todo caso la integración en la competición nacional lo será a través de los sistemas de ascensos a dicha categoría regulados en la presente normativa.

i) Equipos Filiales.

La FEPelota en los Campeonatos por Clubes, en cualquier modalidad, podrá aceptar la inclusión de equipos filiales, sin personalidad jurídica, con las siguientes características:

i. Los indicados equipos, con denominación de filiales, segundo nivel o equipo B, a continuación del nombre oficial del Club, no podrán alcanzar la categoría del primer equipo o titular, o sea el que ostenta la personalidad jurídica, debiendo permanecer en categoría inferior.

ii. Si el equipo titular descendiera de categoría y coincidiese con el equipo filial, este descenderá de categoría automáticamente a la categoría inmediatamente inferior, ocupando su puesto el equipo de esta que le correspondiese en turno de ascenso.

iii. En el supuesto de alcanzar el equipo titular y filial la misma categoría, por ascenso de este último, deberá el filial renunciar al puesto de ascenso, que ocupará el que le corresponda por turno de ascenso.

En los puntos “ii” y “iii”, en el supuesto de que los turnos de ascensos se agotaran, la FEPelota, propondrá los partidos necesarios entre los terceros y/o cuartos clasificados de las ligas o habilitaría el sistema más adecuado de ascensos para confeccionar los grupos.

iv. Los pelotaris inscritos en los equipos filiales no tendrán limitación de edad.

v. Los Clubes que tengan categoría nacional y disputen fases de ascenso con equipos filiales, los pelotaris que actúen en la fase de ascenso, en el mismo año, no podrán actuar con el equipo titular o de superior categoría.

vi. El equipo titular o de superior categoría, no podrá utilizar pelotaris de los equipos filiales. Los equipos titulares y filiales deberán confeccionar las fichas de inscripción de peloatris de manera independiente, no pudiendo inscribir a un mismo pelotari en los dos equipos a la vez, por lo que se deberán definir los peloatris del equipo titular o superior categoría y del filial.

vii. En las fases finales l@s pelotaris sólo podrán intervenir con el equipo por el que están inscritos: titular o filial.

viii. Los Clubes titulares o primeros equipos, podrán tener como máximo un equipo filial o promesas por categoría y modalidad.

ix. En todo caso la integración en la competición nacional lo será a través de los sistemas de ascensos a dicha categoría regulados en la presente normativa.

          • Grandes Premios y Copas de España.

Las inscripciones tanto de equipos como de pelotaris serán a través de la APP de la FEPelota por quien corresponda, así como el abono de las tasas debidamente establecidas, con el visto bueno de la Federación Autonómica, Territorial o Española. Será requisito imprescindible que en las inscripciones se detalle una dirección de correo electrónico.

No existirán más limitaciones que las que se establezcan en la convocatoria de la competición.

NOTA: En todas las competiciones que se disputen en «abierto» para que se pueda aceptar la inscripción de un equipo, obligatoriamente, se deberán de inscribir como mínimo dos pelotaris si la modalidad es “individual” y tres si la modalidad es “parejas”, pudiéndolo hacer de la siguiente manera:

1º Inscribiendo en la APP como mínimo a dos o tres pelotaris, en un equipo, según se trate de modalidad “individual” o “parejas”. Si esto es así, solo pueden intervenir con ese equipo los pelotaris inscritos.

2º Inscribiendo en la APP un pelotari, si la modalidad es “individual”, o dos pelotaris si es “parejas”, en un equipo, debiendo relacionar en la APP a los pelotaris reservas, que deberán de ser como mínimo la mitad de los inscritos como titulares.

La Federación o el Club, según sea la participación, es el único responsable ante la FEPelota, para cualquier incidencia que surgiera por su participación en la competición.

El incumplimiento de estas normas traerá como consecuencia el no considerar las propuestas de inscripciones presentadas. 

4.5. Normas en las competiciones: 

a) Antes de iniciarse el partido, el árbitro principal se reunirá con los delegados de los equipos participantes, para que estos faciliten el nombre de los pelotaris que van a intervenir, a su vez pedirá el DNI o Documento acreditativo de la personalidad.

b) En las competiciones de liga a doble vuelta, el delegado visitante tiene la obligación de dar los nombres de los participantes, titulares y suplentes, en primer lugar, haciéndolo a continuación el Delegado del equipo local. El delegado local podrá conocer la alineación del equipo visitante antes de presentar la suya.

c) Para las competiciones en liga a una vuelta o concentración, los delegados de ambos equipos deberán a la vez dar las alineaciones.

d) Cambios/Sustituciones.

            • En las pruebas individuales se podrá inscribir un pelotari reserva como máximo, debiendo estar presentes en el momento de su inscripción en el acta.
            • En las pruebas de parejas, se podrán inscribir dos pelotaris reservas como máximo, debiendo estar presentes en el momento de su inscripción en el acta.
            • Se permitirán tantos cambios como suplentes estén permitidos inscribir; un cambio para los partidos en individual, siempre que el reserva haya sido inscrito previamente; dos cambios para los partidos en parejas, siempre que los reservas hayan sido inscrit@s previamente.
            • Los cambios podrán realizarse en formato libre, es decir, sin necesidad de tener posesión de saque.
            • Una vez incrito en el acta el/los pelotari/s titular/es, cualquier cambio en cualquier momento del partido, incluso en el periodo de calentameinto previo al inicio del partido, tendrá consideración de cambio.
            • Una vez dada la alineación, tanto de titulares como de reservas, se entiende el inicio del partido, incluyendo el periodo de calentamiento.
            • En ningún caso un pelotari sustituido podrá volver a reincorporarse al juego.
            • El jugador suplente deberá integrarse al partido de manera inmediata, sin derecho a periodo de calentamiento.
            • Todos los  pelotaris, titulares y reservas, deberán estar inscritos en la competición conforme lo establecido en el Artículo 9 del Reglamento General.
            • Los  pelotaris reservas que intervengan en un partido tendrán, a todos los efectos, la condición de titular.
            • Con carácter general, cuando no pueda cambiarse al pelotari o continuar el partido, éste se considerará terminado, y a efectos de resultados, se entenderá que el equipo contrario ha obtenido los juegos y tantos a los que se disputaba el partido , y el equipo retirado aquellos que tenía en el momento de la suspensión.
            • Cualquier modificación de los partidos anunciados o la suspensión de éstos, así como las sustituciones deberán ser comunicado al público.

e) Es requisito imprescindible para la participación de un pelotari, en cualquier competición, que esté en posesión de la licencia federativa.

f) Asimismo, deberá estar inscrito en el campeonato a disputar, a través de la APP.

g) Si no se presenta el DNI o documento acreditativo de la personalidad de los jugadores, no podrán intervenir y si lo hiciesen por ser conocidos por el árbitro principal, o delegado federativo, o admitirse por el equipo contrario, se hará constar en el acta. 

h) El árbitro principal o auxiliar supervisará la indumentaria de los pelotaris, antes de salir a la cancha, teniendo presente que cumplan las normas reglamentarias, así como de las herramientas y pelotas e, igualmente, de que la publicidad de los equipos, en su caso, se adapta a la normativa.

i) Los árbitros deberán presentar a los delegados la licencia autonómica o el carnet que le acredite como árbitro.

4.6. Un pelotari puede jugar en categoría superior a la que le corresponda por edad, siempre que sus condiciones físicas lo permitan. 

El haber jugado en categoría superior no impide jugar en la inferior. Si coincidiesen dos campeonatos y el pelotari participa en el de inferior categoría, este podrá jugar en el de superior categoría, pudiendo volver a la categoría inferior, siempre que no actúe más de una jornada en la de categoría superior, es decir, si juega más de una jornada en la superior ya no podrá jugar en al inferior.

En las competiciones de más de una categoría, y que se organicen en concentración, un pelotari solo puede jugar en una categoría.

        • Excepción en Frontón 30 metros:

Se permite que en las competiciones de Federaciones Frontón 30 metros, Sub 22 e inferiores, puedan jugar en más de una categoría, pero que no coincida en la misma jornada.

En una misma competición, ningún pelotari podrá disputar más de un partido en la misma jornada, aunque los partidos se disputen en fechas diferentes,  jornadas separadas por horario de mañana o tarde, o sea de especialidades o categorías distintas.

Ejemplos: si en la misma jornada de horario mañana, se establece la disputa de dos jornadas (jornada 1 y jornada 2) un pelotari podár disputar dos partidos en la jornada de mañana; sin embargo, si el sábado tarde se disputaran algunas finales adelantadas de alguna especialidad o categoría, éste no podrá participar en ninguna de las restantes finales establecidas para el domingo por la mañana.

5. TANTEADORES Y CLASIFICACIONES 

5.1. Tanteadores y tiempos de descanso.

a) En todas las especialidades los partidos se jugarán en 2 juegos. En caso de empate se disputará un tercer juego.

b) El saque para el primer juego se determinará a sorteo.

c) El primer saque del segundo juego, lo realizará el equipo contrario al que realizó el saque inicial. Si fuera necesario un tercer juego, el saque se realizará a sorteo.

d) Entre cada juego habrá un descanso obligatorio de 2 minutos.

e) En el transcurso de un juego, cada equipo tendrá derecho a un descanso de 1 minuto, esté o no en posesión del saque.

Excepción en Frontenis PRE. Si el tiempo de juego ha finalizado sin estar la pelota en juego, se deberá iniciar y finaliza el punto, siempre que la diferencia en el tanteo entre los equipos, en ese momento, sea de un punto o empate. En los tres últimos minutos de un juego, se podrá parar el tiempo, si el árbitro advirtiera pérdida de tiempo intencionada por alguno de los equipos.

FRONTÓN

ESPECIALIDADES

1º – 2º JUEGO

3º JUEGO

30 metros

TODAS

15 tantos

10 tantos

36 metros

HERRAMIENTA

15 tantos

10 tantos

MANO

10 tantos

5 tantos

54 metros

TODAS

15 tantos

10 tantos

Trinquete

TODAS

15 tantos

10 tantos

NOTAS

FRONTÓN

MODALIDAD

OBSERVACIONES

30 metros

Frontenis PRE

Los 3 juegos tendrán una duración máxima de 20’.

5.2. En las competiciones la clasificación se determinará concediendo la siguiente puntuación:

a) 2 puntos por partido ganado.

b) 1 punto por partido perdido.

c) 0 puntos por partido no presentado.

d) En cada especialidad, ocupando el primer puesto el equipo que obtenga mayor número de puntos. En caso de empate, para el primero o cualquier otro puesto, se aplicará la norma recogida en el siguiente punto 5.3.

5.3. La clasificación se realizará de la siguiente manera:

a) Dentro del grupo y entre grupos constituidos por un mismo número de equipos:

1º. Según el número de puntos obtenidos en los partidos jugados.

2º. Si hubiera empate entre varios equipos, según el mayor número de puntos obtenidos en los encuentros disputados entre los equipos implicados.

3º. Si hubiera empate entre dos equipos, el que haya vencido al otro será el calificado.

4º. De persistir el empate entre tres o más equipos, la clasificación se hará según la mejor diferencia entre juegos ganados y perdidos.

5º. De persistir el empate, la clasificación se hará según la diferencia de tantos ganados y perdidos en los partidos disputados entre los equipos implicados.

6º. De persistir el empate entre tres o más equipos, la clasificación se hará según la mejor diferencia entre juegos ganados y perdidos de la clasificación general.

7º. De persistir el empate, la clasificación se hará según la diferencia de tantos ganados y perdidos de la clasificación general.

8º. De persistir el empate clasificará el equipo de menor edad, teniéndose en cuenta el promedio de edad de los jugadores de cada equipo, siempre y cuando hayan participado físicamente en la competición.

b) Si los grupos están compuestos por un número diferente de equipos, se aplicarán los mismos criterios expuestos anteriormente, pero se clasificará el equipo que saque el mejor coeficiente de la aplicación entre los partidos disputados.

6. ÁRBITR@S

6.1. Su nombramiento corresponde a la Comisión Nacional de Árbitros, quien podrá delegar en el Comité Autonómico o Territorial donde se celebre la competición.

6.2. Los encuentros de los campeonatos oficiales serán dirigidos como mínimo por solo un árbitro titulado nacional, cualquiera que sea la modalidad que se dispute. 

6.3. Si no se disponen de Árbitros Nacionales, se autorizará, previa petición, que puedan tener la titulación Territorial y/o Autonómica.

6.4. En las especialidades de herramienta, tanto en frontón corto como en frontón largo, será obligatorio el uso del casco protector, y el denominado “recogepelotas”. En Trinquete solo será obligatorio el uso de casco protector en paleta con pelota de cuero y en Share.

6.5. En el supuesto de delegación de la Comisión Nacional, la Federación local deberá solicitar del Comité Autonómico o Territorial, con tiempo suficiente, la designación de árbitros, cuyas percepciones serán abonadas por el equipo solicitante, de acuerdo con el siguiente baremo de derechos de arbitraje por partido:

        • 21,00 euros ÁRBITRO PRINCIPAL (sujetos a la retención del IRPF).
        • 16,00 euros ÁRBITRO AUXILIAR (sujetos a la retención del IRPF).

6.6. Previa autorización de la FEPelota, se abonarán desplazamientos y dietas con las siguientes condiciones:

        • Si la competición se realiza en horario de mañana o tarde, se abonará el kilometraje a aquellas personas que tengan que desplazarse desde un municipio distinto al del lugar donde se celebre la competición, a razón de 0,26 €/Km. (Orden HFP/792/2023 Gastos de locomoción), ida y vuelta.
        • Si la competición se realiza en horario de mañana y tarde, se abonará el kilometraje a aquellas personas que tengan que desplazarse desde un municipio distinto al del lugar donde se celebre la competición, a razón de 0,26 €/Km. (Orden HFP/792/2023 Gastos de locomoción), ida y vuelta, y media dieta de manutención por importe de 18,70 € (RD 462/2002 Dietas).

7. ACTAS

7.1. El árbitro principal, antes de iniciarse la competición, requerirá al menos de los delegados de los equipos la presentación de:

        • Documentos acreditativos de la personalidad de los jugadores (D.N.I. o Carnet de Conducir).
        • El lote de material deportivo, según establece la normativa vigente.

7.2. El árbitro principal, inicialmente introducirá en la APP los datos relativos a los participantes (pelotaris titulares y suplentes por especialidad, y delegados), y una vez concluido cada uno de los partidos de una competición, completará el acta con los resultados obtenidos, quedando registrada y enviada automáticamente a través de la APP, a la administración de FEPelota y los delegados de los equipos involucrados, quienes además de poder realizar las alegaciones o impugnaciones que estimen reflejar, podrán firmar el acta digitalmente.

Las firmas digitales de los delegados de los equipos participantes deberán de realizarse dentro de las 24 horas siguientes de la disputa del partido. Si no se hace en el periodo estipulado, se dará como validada automáticamente por defecto. 

7.3. Para efectuar las reclamaciones que los equipos consideren oportunas, deberán atenerse a lo siguiente:

a) Las reclamaciones se señalarán, si fuera necesario, en el Acta Oficial en el lugar destinado al efecto.

b) En un plazo de 24 horas se realizará la reclamación propiamente dicha ante el Comité Nacional de Jurisdicción, mediante escrito certificado, ampliando lo expuesto en el Acta y aportando las pruebas pertinentes.

c) Tanto el árbitro principal, como los delegados podrán aportar sus alegaciones desde sus propios dispositivos.

8. EQUIPACIÓN PERMITIDA

Las prendas de los pelotaris, que serán supervisadas antes del inicio del partido por los árbitros, se ajustarán a lo siguiente a lo que se determina en el CAPÍTULO IV.- INDUMENTARIA, Artículo 34 y siguientes del Reglamento General.

9. SANCIONES

En lo relativo a las sanciones, por incomparecencias en jornadas, se atenderá a lo dispuesto en el Artículo 32 del Reglamento General.

10. DERECHOS DE ARBITRAJES

Las Federaciones o Clubes deberán abonar las cantidades que correspondan a su Comité de Árbitros respectivo, en concepto de compensación por arbitraje por cada jornada que se celebre en su cancha, de acuerdo con lo que se establece en el punto 6 de la presente Normativa General.

11. CLASIFICACIÓN PARA LAS FASES FINALES

El sistema de clasificación se marcará dentro de las normas específicas de cada competición.

12. RETRANSMISIONES DEPORTIVAS – STREAMING

En el supuesto de que la FEPelota gestione retransmisiones para alguno de los partidos de los diversos Campeonatos de España, los derechos de publicidad, tanto estática como dinámica, serán para la FEPelota.

La FEPelota abordará la retransmisión de todas las fases finales de las competiciones oficiales del calendario anual a partir de semifinales.

Por tal motivo, una vez dado a conocer a las Federaciones o Clubes que corresponda el pertinente acuerdo de retransmisión, deberán dejar el frontón que corresponda libre de publicidad cuarenta y ocho horas antes del inicio del encuentro a retransmitir. 

El bajo-chapa podrá ser utilizado por la sede organizadora; en el caso de que no fuera utilizado u ocupado este espacio, la FEPelota ocuparía este espacio.

Los clubes participantes podrán realizar retransmisiones como locales en sus partidos, a través de su canal oficial de Facebook, siempre que estas cumplan con los requisitos exigidos por la FEPelota, que más abajo se exponen y cuenten con la autorización expresa de la FEPelota.

        • Requisitos.

a) Comunicación previa en el canal de Facebook oficial del Club anunciando la realización de la retransmisión de los partidos (clubes implicados, hora de comienzo, jornada, lugar, etc).

b) Uso de aplicación de marcador virtual (por ejemplo SportCam).

c) Durante el aporte de la retransmisión en directo indicación explícita de la denominación oficial de la competición.

        • Protección a los derechos de imagen.

La FEPelota en virtud de preservar los derechos que la Constitución recoge de los ciudadanos en su Artículo 18.1, y aunque la FEPelota podría grabar, exhibir y distribuir imágenes dentro de sus funciones delegadas de fomento del propio deporte, y dentro del ámbito estrictamente deportivo, entendemos que deben ser los propios actores de las competiciones: técnicos, deportistas, árbitros, …, quiénes autoricen el uso de estas imágenes, por lo que será obligatorio obtener y enviar las autorizaciones a FEPelota en el mismo momento de realizar la inscripción a una competición.

13. SISTEMAS Y FÓRMULAS DE COMPETICIÓN 

El sistema de competición, regirá la confección de los grupos por especialidad y el calendario, dependiendo de las inscripciones que se reciban; de superarse el número previsto de inscripciones se establecerá una fase previa clasificatoria.

Para la disputa de cualquier competición se tendrá en cuenta las siguientes consideraciones: 

        • Ligas a 1 o 2 vueltas:

a) En las máximas categorías, además de lo establecido en el Reglamento General de la FEPelota, los grupos se confeccionarán solo y exclusivamente por la clasificación general final obtenida el año anterior, aplicando la normativa oficial existente, así como los cuadros preestablecidos, tanto para obtener la clasificación, como para la ubicación en el grupo y la disputa de partidos.

b) En los campeonatos que se disputen en sistema de ligas a una vuelta y en el supuesto de que el número de partidos a disputar como local y visitante no fuese el mismo, se tendrá en cuenta la clasificación del año anterior, disputando más partidos como locales, los equipos mejor clasificados.

c) El calendario de partidos establecido según la aplicación de la presente normativa, será inamovible.

d) Tan solo se podrá variar el orden de partidos cuando en una competición coincidan en un mismo grupo dos equipos de un mismo club. En este caso este partido se disputará en la primera jornada. 

        • Ligas, eliminatorias y/o Abiertos en concentración.

a) Los grupos se confeccionarán aplicando la normativa oficial existente, así como los cuadros preestablecidos, tanto para obtener la clasificación, como para la ubicación en el grupo y la disputa de partidos. Además de lo establecido en el Reglamento General de la FEPelota.

b) Los grupos o cuadros se confeccionarán teniendo en cuenta los siguientes criterios:

i. Clasificación general final obtenida el año anterior.

ii. Participación el año anterior.

iii. Orden por sorteo.

iv. En caso de que exista un empate, se aplicará el Reglamento General de la FEPelota.

c) El calendario de partidos establecido según la aplicación de la presente normativa, será inamovible.

d) Tan solo se podrá variar el orden de partidos cuando en una competición coincidan en un mismo grupo dos equipos de un mismo club. En este caso este partido se disputará en la primera jornada. 

        • Clasificaciones.

a) Se aplicará lo regulado en el Reglamento General de la FEPelota y lo contenido en la normativa General de competiciones, así como lo regulado en este documento.

b) En cualquier campeonato en el que se disputen ligas clasificatorias en grupos y previamente se haya establecido en la normativa específica que se clasifican los segundos (2º) de algún grupo, esta clasificación, en el supuesto de empate, se obtendrá aplicando el coeficiente corrector de partidos jugados, en base a lo reglamentado por la FEPelota.

c) Cuando la clasificación de un segundo clasificado de un grupo, sea para posibilitar el cruce de semifinales, se efectuará al término de la jornada un sorteo público en la sede de la competición por el Comité Organizador, entre los cuatro (4) equipos clasificados.

        • Normas Generales.

a) Se podrán nombrar cabezas de serie en las competiciones, tanto en las de categoría abierta como en las de Federaciones o Clubes, debiendo tener en cuenta las consideraciones siguientes:

i. Normas específicas de cada competición, aprobadas en Asamblea General.

ii. Clasificación del año anterior.

iii. Historial deportivo de los participantes.

iv. Momento deportivo en la actualidad de los participantes.

v. Orden por sorteo.

vi. Criterios objetivos del Comité de Competición.

b) En las competiciones de «abiertos», los Clubes, Federaciones o Equipos, que tengan más de un equipo clasificado para la fase final, estos siempre se determinarán por sorteo:

i. Ejemplo: en base a los resultados del año anterior se encuentran clasificados dos equipos de un mismo grupo deportivo (club, federación, etc.), el equipo que participó con la denominación “equipo A” y el equipo que participó con la denominación “equipo C”. Para el año siguiente se guardarán esas dos plazas para los equipos que ese mismo grupo deportivo inscriba como equipo “A” y como equipo “B”, y así sucesivamente. 

ii. Cuando un mismo grupo deportivo (Federación o Club) participe con más de un equipo será obligatorio su categorización nominal de acuerdo al nivel deportivo de sus componentes. Así, el equipo A estará compuesto por los mejores deportistas de ese club, Federación o equipo. El equipo B estará formado por los siguientes mejores deportistas de ese club, Federación o equipo, y así sucesivamente. De no ser así, la FEPelota queda facultada para poder cambiar el orden de los equipos.

        • Composición de los grupos.

a) Dos grupos:

Grupo A

Grupo B

1

2

3

4

5

6

7

8

Si la participación fuese de 7 equipos, el 7º jugaría en el Grupo B.

b) Más de dos grupos:

Grupo A

Grupo B

Grupo C

1

2

3

6

5

4

7

8

9

12

11

10

Grupo A

Grupo B

Grupo C

Grupo D

1

2

3

4

8

7

6

5

9

10

11

12

16

15

14

13

Y así sucesivamente.

14. SERÁN DE APLICACIÓN A LOS CAMPEONATOS LAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA FEPELOTA, FIPV Y LAS NORMAS GENERALES Y ESPECÍFICAS ESTABLECIDAS PARA LAS COMPETICIONES, TANTO DE LA FEPELOTA COMO DE LA FIPV

1. SOLICITANTES

1.1. Las solicitudes para organizar fases finales de Campeonatos de España se deberán de remitir en el plazo de cuarenta y cinco días antes del inicio de la fase final. Deberán de venir acompañadas de los siguientes compromisos:

a) Compromiso de pago del canon estipulado.

b) Certificado de que las instalaciones se encuentran en el estado exigido antes del inicio de la competición, según la normativa actual vigente, así como el cumplimiento de lo especificado en la normativa de la solicitud.

c) Actos oficiales o protocolares que la entidad desea organizar y que se salgan de lo estrictamente estipulado.

d) Documentación fotográfica de la sede, tanto de la instalación donde se van a disputar los partidos, como de su entorno, si se trata de clubes privados.

1.2. La FEPelota efectuará la valoración de las peticiones y asignará la sede en el plazo de diez días.

1.3. La sede deberá de remitir el canon estipulado o el compromiso oficial del pago, en el plazo máximo de un mes una vez se comunique la sede y siempre con 45 días antes del inicio de la competición.

 1.4. El impago del canon o el incumplimiento del compromiso de pago, en el tiempo estipulado, puede dar lugar a la anulación de la Sede por parte de la FEPelota.

1.5. La FEPelota coordinará todo lo referente a la competición, así como el envío de cualquier documentación que al respecto se edite.

1.6. En el supuesto de que las sedes quieran remitir documentación a los equipos participantes o instituciones, deberán de comunicarlo previamente a la FEPelota.

1.7. La FEPelota en cuanto disponga de los equipos participantes, así como del calendario y horarios de la competición, lo hará llegar a la sede organizadora, bien directamente o a través de su Federación Autonómica y/o Territorial correspondiente.

2. NORMAS DE ESTRICTO CUMPLIMIENTO POR LOS ORGANIZADORES

2.1. Las instalaciones deberán de atenerse a lo estipulado en el Reglamento General de la FEPelota, en perfecto uso, tanto los vestuarios, como cancha y gradas, así como que las duchas y servicios públicos funcionen correctamente.

La cancha de juego deberá estar disponible al menos media hora antes del horario fijado en el calendario oficial de partidos.

2.2. Se facilitarán en la contracancha, junto al rebote, unas sillas (4 unidades) o bancos para el descanso de los jugadores; así mismo, si la competición se disputara en frontón descubierto, se dispondrá de sombrillas (2 unidades).

En este lugar deberán de permanecer los técnicos o entrenadores. Se marcará una zona para que estos se puedan mover. De no respetarse, podrán ser sancionados y/o expulsados.

También se facilitarán 1 mesa y 2 sillas en el entorno de la cancha para uso del cuerpo arbitral.

La hidratación de los jugadores en el espacio dedicado para los descansos deberá estar cubierta por la organización.

2.3. Se deberá de disponer de un marcador, debiendo de colocar los nombres de los equipos participantes, y al ser posible el de los jugadores participantes.

2.4. Se dispondrá de un botiquín para primeros auxilios, siendo recomendable que el mismo lo asista un ATS o persona cualificada.

2.5. Se dispondrá de megafonía y personal con función de speaker, para presentar cada partido a disputar, haciendo mención al campeonato que se juega, los equipos, jugadores contendientes y equipo arbitral.

2.6. Se deberá contar con personal suficiente para cubrir las normas de estricto cumplimiento.

2.7. Se dispondrá de conexión a internet (al menos 8 megas de subida efectiva) a través de wifi o cableada, para el trabajo de los responsables de la competición.

2.8. La sede confeccionará un cartel para anunciar el evento, en donde deberá aparecer obligatoriamente el logo de la FEPelota y el del CSD de manera preferencial, y los patrocinadores de la Federación Autonómica y/o Territorial en donde se celebre el evento. Este deberá ser enviado a FEPelota con tiempo suficiente para su aprobación, y siempre antes de hacerlo público. Este se incorporará al video promocional de la competición si se hiciera.

2.9. El recinto o Instalación se encontrará adornado, con carteles, banderas de las comunidades de los equipos participantes y cualquier otro elemento que se considere oportuno.

2.10. Desde la sede organizadora se gestionarán los precios de hoteles, residencias, etc. con el fin de poderlos facilitar a los equipos participantes.

2.11. En las competiciones en donde se efectúen controles de dopaje, se habilitará el espacio necesario y facilitarán los materiales requeridos, según lo estipulado en el Reglamento General de la FEPelota.

2.12. Por imagen y seguridad, se deberán controlar los accesos a la cancha, a la que solo podrán acceder personas autorizadas (jugadores del inminente partido, técnicos, árbitros, jugadores reservas, personal del recinto …), en ningún caso público u otros equipos participantes que no les ccorresponda.

2.13. En el supuesto de retransmisión de TV o streaming, se facilitará a la empresa o al personal de la FEPelota encargado de efectuarla, los medios técnicos y materiales necesarios, para que se produzca el montaje de los equipos y que la misma se pueda llevar a efecto con total normalidad. A destacar área protegida para su instalación, punto de luz de potencia suficiente, y mesas y sillas.

También se requiere que al personal técnico se le permita el acceso a la instalación con tiempo suficiente previo al inicio de la competición para la correcta configuración de los aparatos necesarios para su cometido.

2.14. En el supuesto de que la FEPelota gestione la retransmisión televisiva de alguno de los partidos de los diversos Campeonatos de España, los derechos de publicidad, tanto estática como dinámica, serán para la FEPelota.

Por tal motivo, una vez dado a conocer a las Federaciones o Clubes que corresponda el pertinente acuerdo de retransmisión, deberán dejar el frontón que corresponda libre de publicidad al menos cuarenta y ocho horas antes del inicio del encuentro a retransmitir.

2.15. En el supuesto de retransmisión televisiva o streaming, la organización de la competición velará porque se cumplan estrictamente los horarios fijados y publicitados previamente.

2.16. Campeonatos de España en concentración. En las sedes por concentración, en las fases clasificatorias o previas, serán las sedes las encargadas de efectuar las retransmisiones, con las condiciones marcadas por FEPelota. En las Fases Finales, a partir de semifinales y/o finales, será FEPelota la encargada de efectuar las retransmisiones.

3. NORMAS DE LIBRE CUMPLIMIENTO POR LOS ORGANIZADORES

3.1. Acto de desfile de los equipos participantes en el evento.

3.2. Acto de recepción oficial por instituciones (locales, comunitarias).

3.3. Acto social (aperitivo, comida, cena, etc.).

4. DELEGADO FEDERATIVO O DIRECTOR DE COMPETICIÓN, FUNCIONES

Será nombrado por la FEPelota, directamente o en colaboración con la entidad organizadora del evento. Como función principal y fundamental será la de vigilar que se cumplan las normas y directrices que se marcan en las diferentes normativas.

Deberá de estar en posesión de la siguiente documentación:

        • Calendario de la competición.
        • Normativa General y Específica de la competición.

Se encargará de las siguientes otras funciones:

        • Gestionar los resultados diarios; en competición de concentración, si la jornada se divide en mañana y tarde, enviarlos usando las herramientas que a su disposición pusiera FEPelota, para la gestión de resultados.
        • Verificar que las actas digitales han sido cerradas por el árbitro principal a la finalización del partido.
        • Resolución de posibles incidencias en primera instancia.
        • Control del material, antes y durante la competición, así como de su recogida al término de esta.
        • Del protocolo de entrega de medallas y trofeos, en colaboración con la máxima autoridad deportiva de la FEPelota que esté en la competición.
        • Elaboración de informe arbitral.
        • Comentario resumen de la competición.
        • Envío de material fotográfico, en el caso de que la FEPelota no tenga prevista la realización de este trabajo.

1. CAMPEONATOS DE ESPAÑA: FEDERACIONES Y CLUBES EN GENERAL

1.1. La FEPelota financiará como máximo:

a) Federaciones/Clubes: Frontón 30, 36 y 54 metros, y Trinquete (que no sean «abiertos»):

ESPECIALIDAD

NÚMERO DE PERSONAS

TOTAL POR EQUIPO

Mano (Mano Individual y Parejas)

3 titulares y 1 suplente

4

Herramienta (Paleta Cuero y Pala Corta)

4 titulares y 1 suplente

5

Frontenis

2 titulares y 1 suplente

3

Frontenis PRE

2 titulares y 1 suplente

3

Paleta Goma Individual

1 titulares y 1 suplente

2

Paleta Goma Parejas

2 titulares y 1 suplente

3

b) «Abiertos» Federaciones/Clubes: Frontón 30, 36 y 54 metros, Trinquete y Frontball:

ESPECIALIDAD

NÚMERO DE PERSONAS

TOTAL POR EQUIPO

Mano Individual

1 jugador

1

Mano Parejas

2 jugador

5

Paleta Cuero

2 jugador

2

Pala Corta

2 jugador

2

Frontenis

2 jugador

2

Frontenis PRE

2 jugador

2

Paleta Goma individual

1 jugador

1

Paleta Goma Parejas

2 jugador

2

Frontball

1 jugador

1

LIGA: La FEPelota garantiza, como financiación, las cantidades cobradas como inscripciones (equipos y pelotaris), una vez descontados los gastos de organización que se hubieran generado.

FINAL con CANON: En el caso de cobrarse el canon de concesión de finales, se financiará como máximo  el importe del citado canon, descontando los gastos de gestión y organización, a los Clubes participantes, menos a los que sean de la misma Comunidad Autónoma donde se realicen las mencionadas finales.

FINAL sin CANON: En el caso de NO cobrarse el canon de concesión de finales, NO se financiará la participación de los Clubes en dichas Finales.

FEPelota, una vez determinadas las cuantías que, en aplicación de los criterios establecidos en los párrafos anteriores, correspondan a cada Club-Equipo y/o Federación, se las comunicará a partir de la finalización de la competición, para que emitan la correspondiente factura en concepto de compensación de desplazamientos y proceder a su abono. No se abonarán facturas a aquellas entidades que no estén al corriente de pago con la FEPelota.

1.2. Salvedades.

Los Campeonatos de España, que a continuación se detallan, NO TENDRÁN FINANCIACIÓN:

        • FEDERACIONES FRONTÓN 36 METROS – ABSOLUTO, Mano y Herramienta
        • FEDERACIONES FRONTÓN 30 METROS – ABSOLUTO, Frontenis, Paleta Goma, Frontenis PRE
        • EN TODAS LAS MODALIDADES: Fases de ascensos y Previas clasificatorias.

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Finalidad, ámbito de aplicación e interpretación.

        1. El presente Reglamento tiene por objeto determinar los principios de actuación del Comité de Auditoría y Control Económico, así como las reglas básicas de su organización y funcionamiento.
        2. El presente Reglamento será aprobado por la Comisión Delegada de la Asamblea a propuesta de la Junta Directiva de la FEPelota y entrará en vigor en la fecha de su aprobación.
        3. Corresponde al propio Comité de Auditoria y Control Económico resolver las dudas que suscite la aplicación de este Reglamento, de conformidad con los criterios generales de interpretación de las normas jurídicas y el espíritu y finalidad de los Estatutos de la FEPelota.

Artículo 2. Modificación.

        1. El Comité de Auditoria y Control Económico podrá proponer a la Comisión Delegada la modificación del contenido del presente Reglamento, adaptándolo a los intereses de la Federación en cada momento. A tal efecto, el Presidente del Comité, o un número igual o superior a dos de sus vocales, podrán proponer a la Junta Directiva, a través del Presidente de la Federación Española de Pelota, para su ratificación por la Comisión Delegada las modificaciones que estimen pertinentes cuando concurran circunstancias que lo hagan, a su juicio, conveniente o necesario.
        2. La propuesta de modificación a la Comisión Delegada de la FEPelota, deberá ir acompañada de una Memoria justificativa en la que los proponentes expliquen las causas y el alcance de la modificación. Esta documentación deberá adjuntarse a la convocatoria de la reunión de la Comisión Delegada que haya de deliberar sobre ella.

CAPÍTULO II. COMPOSICIÓN DE COMITÉ

Artículo 3. Composición del Comité de Auditoria y Control Económico.

        1. El Comité de Auditoria y Control Económico estará compuesta por un máximo de cuatro miembros.
          • Un Asesor económico-financiero designado por el Presidente de la FEPelota, que será el Vicepresidente Económico.
          • Un Vocal elegido por y entre los miembros de la Junta Directiva.
          • Un miembro de la Comisión Delegada elegido por y entre sus miembros.
          • El Gerente de la FEPelota si lo hubiera.

Ejercerá como Secretario, con voz, pero sin voto, el que sea de la Federación Española de Pelota.

          • Corresponderá al Presidente de la FEPelota, la separación de los Vocales del Comité de Auditoria y Control Económico, que estarán obligados a cesar, en cualquier caso, cuando lo hagan en su condición de miembros de la Comisión Delegada o Junta Directiva. Las vacantes que se produzcan serán cubiertas en la primera reunión que se celebre de estos órganos.
          • El Asesor económico-financiero designado por el Presidente FEPelota, actuará como Presidente del Comité de Auditoria y Control Financiero.
          • En caso de vacante, ausencia o enfermedad, el Presidente del Comité será sustituido por el Vocal de mayor edad de los concurrentes.

CAPÍTULO III. FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ

Artículo 4. Convocatoria y lugar de celebración.

        1. El Comité de Auditoria y Control Económico se reunirá, al menos, una vez al año en sesión ordinaria, y siempre que sea convocada por su Presidente a iniciativa propia o a solicitud de sus miembros. Asimismo, se reunirá, en todo caso, cuando la Comisión Delegada o Junta Directiva solicite la emisión de informes, la presentación de propuestas o la adopción de acuerdos en el ámbito de sus funciones.
        2. Corresponderá al Presidente del Comité, la facultad ordinaria de convocar el Comité de Auditoria y Control Económico, de formar el Orden del Día de sus reuniones y de dirigir los debates. La convocatoria incluirá siempre el Orden del Día de la sesión. Asimismo, será válida la constitución del Comité sin previa convocatoria si se hallan presentes todos los miembros y aceptan por unanimidad la celebración del Comité.
        3. La convocatoria de las sesiones ordinarias se cursará por carta, telegrama, telefax o correo electrónico, por el Presidente o el Secretario o por quien hiciera sus veces. La convocatoria se acompañará de la información relevante debidamente resumida y preparada, así como del acta de la sesión anterior, haya sido o no aprobada, y se hará llegar a los Vocales, en la medida de lo posible, con siete días de antelación y, en cualquier caso, con una antelación mínima de 72 horas antes de la sesión. El Presidente podrá, por razones de seguridad, decidir que la información no sea enviada, advirtiendo a los Vocales sobre la posibilidad de examinarla en la sede social.
        4. Las reuniones extraordinarias del Comité podrán convocarse por carta, telegrama, telefax o correo electrónico, por el Presidente o el Secretario o por quien hiciera sus veces, con un plazo de antelación de 48 horas, cuando a juicio del Presidente las circunstancias así lo justifiquen.
        5. Las sesiones del Comité de Auditoria y Control tendrán lugar en el domicilio social de la Federación Española de Pelota, pero también podrán celebrarse en cualquier otro que determine el Presidente y señale la convocatoria.

Artículo 5. Constitución y adopción de acuerdos.

        1. El Comité de Auditoria y Control se entenderá válidamente constituido, cuando concurran a la reunión, presentes o representados la mitad más uno de sus componentes y sus acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de sus miembros concurrentes presentes.
        2. El Comité deliberará sobre las cuestiones contenidas en el orden del día y también sobre todas aquellas que el Presidente determine o la mayoría de los Vocales presentes propongan, aunque no estuvieran incluidos en el mismo, siempre y cuando se acuerde por unanimidad.
        3. Los acuerdos adoptados por el Comité de Auditoria y Control en el ámbito de sus funciones de informe, asesoramiento y propuesta serán válidos y no necesitarán ratificación posterior. En todo caso, el Comité deberá informar a la Junta Directiva y a la Comisión Delegada, en la primera reunión de este posterior a la sesión del Comité, de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas en sus sesiones, para lo cual, el Secretario del Comité de Auditoria y Control Económico redactará un acta de cada sesión de la que se dará traslado a los citados.

Artículo 6. Derecho de información e inspección y auxilio de expertos.

        1. Los Vocales del Comité se hallan investidos de las más amplias facultades para recabar información sobre cualquier aspecto de la Federación, siempre que así lo exija para el desempeño de sus funciones.
        2. El Comité de Auditoria y Control podrá requerir la asistencia a sus sesiones de cualquier miembro del equipo directivo o del personal de la Federación que fuera requerido a tal fin, estará obligado a asistir a las reuniones, prestando su colaboración y el acceso a la información de que disponga. El Comité podrá recabar la colaboración de estas mismas personas para el desarrollo de cuantos trabajos estime precisos para el ejercicio de sus funciones.
        3. El ejercicio de las facultades contempladas en los dos puntos anteriores se canalizarán a través del Presidente o del Secretario de la FEPelota, quienes atenderán las solicitudes del Comité, facilitándole directamente la información, ofreciéndole los interlocutores apropiados o arbitrando cuantas medidas sean necesarias para procurar la información solicitada o la participación de los asesores indicados.

Artículo 7. Relaciones con terceros.

        1. Asimismo, el Comité de Auditoria y Control Económico velará por el puntual cumplimiento de las normas de contabilidad aplicables a la Federación, instrucciones vigentes en materia de información de hechos relevantes, de conformidad con lo previsto en el “Código de Buen Gobierno” de las Federaciones Deportivas del CSD proponiendo las medidas precisas para asegurar que la información financiera trimestral, semestral, anual y cualquiera otra que la prudencia exija poner a disposición, se elabore con arreglo a los mismos principios, criterios y prácticas profesionales con que se elaboran las cuentas anuales y que goce de la misma fiabilidad de esta última.
        2. El Comité de Auditoria y Control Económico propondrá cuantos actos y medidas sean precisos para asegurar la transparencia en materia económica de la FEPelota.

CAPÍTULO IV. FUNCIONES DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y CONTROL ECONÓMICO

Artículo 8. Funciones del Comité de Auditoria y Control Económico.

        1. El principal cometido del Comité de Auditoria y Cumplimiento es asistir a la Junta Directiva y Comisión Delegada de la FEP, en sus funciones de vigilancia y control del área económica de la Federación mediante la revisión periódica del cumplimiento de las disposiciones legales y normas internas aplicables a ésta.
        2. Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo, el Comité de Auditoria y Control Económico estudiará, revisará e informará en relación con las siguientes materias:

a)  Informar a la Comisión Delegada sobre las cuestiones que en ella planteen en materia de su competencia.

b)  Servir de canal de comunicación entre la Federación y los auditores, evaluar los resultados de cada auditoria y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones y mediar en los casos de discrepancias entre aquellos y éste en relación con los principios y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros, y garantizará la independencia del auditor externo de la Federación.

c)  Revisar las cuentas de la Federación, vigilar el cumplimiento de los requerimientos leales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados.

d)  Seguir el funcionamiento de los procedimientos y manuales de control financiero interno adoptados por la Federación, comprobar su cumplimiento y revisar la designación y sustitución de los responsables.

e)  Examinar el cumplimiento del Código de Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas, el Manual de Desarrollo de la FEP del Código de Buen Gobierno, del presente Reglamento y, en general, de las reglas de gobierno de la Federación y hacer las propuestas necesarias para su mejora.

f)  Considerar las sugerencias que le hagan llegar al Presidente, los miembros de la Junta Directiva y Comisión Delegada, así como informar y formular propuestas a la Junta Directiva y Comisión Delegada sobre medidas que considere oportunas en la actividad de auditoria y en el resto de las que tuviera asignadas, así como en materia de cumplimiento de las normas legales sobre información y exactitud de la misma.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente manual se remitirá al CSD para su constancia una vez aprobado por la Comisión Delegada. Cualquier modificación que pueda proponer el CSD en su redactado será inmediatamente asumida por la FEPelota.

La elección de los miembros de la Junta Directiva y de la Comisión Delegada que formarán parte del Comité de Auditoria y Control económico se hará en la primera reunión de los citados órganos que tenga lugar con posterioridad a la aprobación del presente Reglamento.

1. RELACIÓN DE EMPRESAS QUE HAN FORMALIZADO ACUERDOS CON LA FEPELOTA PARA PUBLICIDAD EN LA PÁGINA WEB Y/O ESPONSORIZACIÓN (AÑO 2022)

EMPRESA PROVINCIA IMPORTE
Trofeos Navarra Pamplona 2.053,38 € + IVA
Pelotas Cervino La Rioja 930,00 € + IVA
HEAD SPAIN, S.L. (Penn) Barcelona 1.662,00 € + IVA
Distisport, S.L. Preolímpica Madrid 831,00 € + IVA
Oficial 201 Olímpica Madrid 831,00 € + IVA
Pelotas Zulaika Navarra 930,00 € + IVA
Duar Andamios, S.L. Navarra 6.000,00 € + IVA
Leca Construcciones, S. L. Navarra 3.000,00 € + IVA
Loterías Madrid 32.500,00 € + IVA
Iberdrola Madrid 5.000,00 € + IVA
Sekai Madrid 2,5% de Rapel
TOTAL 53.737,38 € + IVA

2. TARIFAS DE PUBLICIDAD (AÑO 2022)

CONCEPTO IMPORTE
Homologación material deportivo (incluido anuncio WEB) 1.662,00 € + IVA
Homologación pintura frontones (incluido anuncio WEB) 1.719,00 € + IVA
Anuncio página WEB 930,00 € + IVA
Diseño y desarrollo de 1 microsite de Sponsor parta WEB 130,00 € + IVA

Ajustable a precio de mercado, previo presupuesto

Diseño y desarrollo de 1 banner publicitario interactivo para WEB 118,00 € + IVA

Ajustable a precio de mercado, previo presupuesto

Sponsor indumentaria Según convenio
Sponsor agencia viajes Según convenio
Sponsor trofeos Según convenio
Patrocinio empresas Según convenio

NOTA: Para el año 2022 no se han incrementado.

1. INTRODUCCIÓN

El Consejo Superior de Deportes, en el ejercicio de las funciones que le otorga la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y en aras de una mayor responsabilidad y eficacia en la gestión federativa, estimó conveniente la elaboración e implantación de normas dirigidas a regular de forma sistemática y ordenada el “gobierno corporativo” de las Federaciones Deportivas Españolas, como un instrumento eficaz y necesario que contribuye a una mayor transparencia en la gestión de las mismas.

Convergiendo ambos propósitos, con el deseo de la Federación Española de Pelota de establecer un sistema que pueda ayudar a alcanzar una mayor integración de la organización federativa en la sociedad y aumentar la transparencia sobre su actuación, y en particular sobre la gestión del dinero público que recibe, se ha procedido a elaborar el presente “Código de Buen Gobierno” inspirado en las recomendaciones formuladas por el Consejo Superior de Deportes.

Se sintetizan en el presente documento, una serie de prácticas de buen gobierno en la Federación Española de Pelota (también denominada FEPelota), que afectarán a la gestión y control de todas las transacciones económicas (gastos, ingresos, inversiones, etc.) que se efectúen en su seno, independientemente de que estas estén financiadas o no con subvención pública, así como al comportamiento ético de los miembros de sus órganos de gobierno, directivos, empleados y colaboradores en general.

2. NORMAS DE BUEN GOBIERNO

2.1. La Junta Directiva y la Comisión Delegada.

La Junta Directiva de la Federación Española de Pelota es el órgano de gestión deportiva y económica de la misma, siguiendo las directrices emanadas de la Asamblea General y de la Comisión Delegada, y estará compuesta y designada de acuerdo a los Estatutos de la propia Federación.

La Comisión Delegada, el órgano de control de la FEPelota. Además de las funciones y cometidos establecidos en los Estatutos Federativos, tendrán las obligaciones que vienen recogidas en el apartado 4 del Código de Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas Españolas.

En la reunión que mantuvieron conjuntamente el Pleno de la Junta Directiva y la Comisión Delegada el día 8 de febrero de 2008, todos los miembros de ambos órganos adoptaron unánimemente el compromiso de actuar con lealtad respecto a la Federación Española de Pelota, tal y conforme se ha venido actuando hasta el día de la fecha, de la que forman parte, obligándose a Los miembros de la Junta Directiva y Comisión Delegada, a:

a) Los miembros de la Junta Directiva deberán realizar una declaración de las relaciones mercantiles y actividades privadas en sociedades o empresas, con el fin del establecimiento de criterios de contratación que fomenten la pluralidad de ofertas.

b) Mantener en secreto cuantos datos o informaciones reciban en el desempeño de su cargo, no pudiendo utilizarlos en beneficio propio, ni facilitarlos a terceros.

c) Abstenerse de intervenir en deliberaciones y votaciones de cualquier cuestión en la que pudieran tener un interés particular.

d) No hacer uso indebido del patrimonio federativo ni valerse de su posición para obtener ventajas patrimoniales.

e) No aprovecharse de las oportunidades de negocio que conozcan en su condición de miembro de la Junta Directiva y/o Comisión Delegada.

f) La participación activa en las reuniones de la Junta Directiva y/o Comisión Delegada, así como en las tareas que les sean asignadas.

g) La oposición a los acuerdos contrarios a la Ley, los estatutos o al interés federativo.

h) En aras de la correcta participación de los diversos estamentos que forman las Federaciones, la Junta Directiva y la Comisión Delegada remitirá a los miembros de la Asamblea General, al menos una semana antes de su celebración, copia completa del dictamen de Auditoría, Memoria, Cuentas Anuales y Carta de Recomendaciones. Alternativamente, en lugar de proceder al envío físico de toda la documentación descrita, podrá ser publicada a través de la página web de FEPelota respetando en todo caso el plazo mínimo de una semana antes de la fecha de celebración de la reunión del pleno de la Asamblea General.

Asimismo, en las oficinas de FEPelota, se pondrá a disposición de los miembros de la misma, en el plazo de una semana antes, los apuntes contables correspondientes que soportan dichas transacciones y, en cualquier caso, siempre que sea requerido por el conducto reglamentario. La consulta de apuntes contables por parte de miembros de la Asamblea General se realizará siempre en la sede de FEPelota, previa petición por escrito dirigida al Presidente, en la que se indicarán los motivos de la solicitud y los apuntes a los que se refiere la consulta.

Con independencia del compromiso concreto anterior, todos los miembros actuales del Pleno de la Junta Directiva y de la Comisión Delegada acatarán en su integridad los criterios expresados en el documento de “Buen Gobierno” de la FEPelota.

Si en el futuro se constituyen nuevos órganos de gobierno, bien sea por imperativo legal o estatutario, o se efectúan cambios en la composición de los dos citados, todos los miembros deberán aprobar expresamente el contenido y acatamiento formal de las presentes normas.

2.2. Órganos de Control.

i. El Secretario General.

El Secretario General de la Junta Directiva, será el encargado de velar por la legalidad formal y material de las actuaciones de la Junta Directiva, y será nombrado de acuerdo a los Estatutos de dicha Entidad, que tendrá voz, pero no voto, comprobará la regularidad estatutaria, el cumplimiento de las disposiciones emanadas de los Órganos reguladores y velará por la observancia de los criterios del buen gobierno federativo.

ii. El Comité de Auditoría y Control.

El cometido básico del Comité de Auditoría y Control consistirá en evaluar el sistema de organización contable y la aplicación del presente documento de buen gobierno. En el seno de la Federación Española de Pelota, el Comité de Auditoria y Control estará formado por:

                • El Presidente de la FEPelota
                • D. José Berbegal Alonso, Presidente. Elegido por el Presidente de la FEPelota.
                • D. Millán Luis González, Vocal. Elegido por la Junta Directiva.
                • D. José María Olaiz García, Vocal. Elegido por la Comisión Delegada.
                • D. José Manuel Molinero Sánchez, Secretario. Gerente FEPelota.

Entre los cometidos del Comité de Auditoría y Control, se encontrará en todo caso la evaluación de los informes de los auditores externos de la Federación y de la carta de recomendaciones, proponiendo en su caso las actuaciones que sean precisas adoptar. Y garantizará la independencia de los auditores externos de FEPelota.

La independencia de los auditores externos de la FEPelota en todo caso está también garantizada, toda vez que anualmente es el Consejo Superior de Deportes (CSD) el que designa a los auditores externos de FEPelota que realizan un exhaustivo control de auditoría, dando cuentas de su gestión y resultados directamente al CSD. La revisión de las cuentas por parte de estos servicios de auditoria es completa, abarcando la liquidación del presupuesto federativo, las justificaciones al CSD, el balance y la cuenta de pérdidas y ganancias, así como los procedimientos administrativos y contables empleados.

iii. El Comité Económico.

Este Comité será el responsable del seguimiento ordinario de la actividad económica y de evaluar el sistema de organización contable y facilitar la labor del auditor externo.

El ciclo presupuestario se inicia con la aprobación del presupuesto anual, y se termina con su liquidación y rendición de cuentas. Para lo cual se realizará mensualmente un control de gestión ordinaria, para verificar el seguimiento del presupuesto y la distribución de las subvenciones de acuerdo con la normativa de concesión de las mismas en las distintas actividades.

Cualquier modificación presupuestaria requerirá el informe previo de la Comisión Económica, y posterior aprobación por la Junta Directiva y Comisión Delegada.

2.3. Normas de actuación.

i. Retribuciones.

Cualquier tipo de retribución necesitará autorización previa de la Junta Directiva y de la Comisión Económica, quedando prohibidos los contratos blindados, y pagos a terceros ajenos a la organización federativa:

a) Si se trata de retribuciones al presidente o a miembros de la Junta Directiva, deberá ser comunicado al Consejo Superior de Deportes, remitiendo al mismo contrato para su aprobación, y declaración de las relaciones mercantiles privadas de los directivos federativos, de su actividad privada en sociedades o empresas.

b) Si se trata de retribuciones al personal administrativo, deberá ser comunicado al Consejo Superior de Deportes, remitiendo contrato del personal dado de alta, donde refleje las funciones a desempeñar en el organigrama federativo.

c) Si se trata de retribuciones al personal técnico deportivo o médico y jugadores, deberá ser consensuado con el Consejo Superior de Deportes en la planificación deportiva presentada anualmente.

ii. Control de Gestión Ordinaria.

COMPRAS Y SERVICIOS

                • Cualquier tipo de gasto necesitará autorización previa de la Comisión Económica, con las siguientes salvedades:

a) Si se trata de gastos periódicos y regulares, su autorización consistirá en el examen de los documentos contractuales iníciales: contratos, ya sean de alquiler o de servicios, altas en nóminas, Seguros Sociales, etc., así como su alteración o modificación.

b) Si se trata de gastos de carácter variable o esporádico, tales como la adquisición de inversiones que superen los 20.000 € o los 12.000 € en el supuesto de suministro de bienes o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, será requisito previo su autorización.

A tal efecto se establecerán los requisitos según la naturaleza del gasto, entre los que no deberá excluirse una memoria motivada sobre la necesidad y oportunidad del gasto acompañada de al menos tres presupuestos comparativos, sin que sea factor determinante su menor precio.

Una vez recibidos los presupuestos, se deberá ponderar su elección en función no solo del precio ofertado, sino también de la calidad y confianza del proveedor, el plazo estipulado de la entrega, los antecedentes de similares pedidos solicitados con anterioridad etc.

c) Cuando el importe a contratar sobrepase los 12.000 €, deberá de contar además de con la firma de quien lo encargue, con la autorización del Presidente, o en su ausencia con la del Gerente.

d) La petición de presupuestos y los propios pedidos deberán hacerse con la suficiente antelación, de tal manera que se eviten los sobrecostes que se producen por las urgencias y las improvisaciones.

e) Cuando un pedido es defectuoso, se contactará con el proveedor devolviéndole inmediatamente la mercancía e iniciando de nuevo el proceso de compra.

f) Cuando el personal asalariado de la FEPelota o cualquier miembro de los órganos de gobierno, contrate cualquier tipo de servicio con los proveedores y suministradores habituales de la FEPelota, con fines particulares, deberá comunicarlo claramente al proveedor, asegurándose de que no se confunda la facturación y el pago de los mismos con los correspondientes a la Federación.

                • Cualquier gasto autorizado deberá ser debidamente contabilizado con el fin de conocer la situación de compromisos y realización presupuestaria.

TESORERIA

Funcionamiento de la Caja de la Federación.

                    • Todos los pagos que se realicen por la caja de la FEPelota, deberán de contar con carácter previo con la autorización del Presidente o del Gerente, en el documento antes de ser hechos efectivos. Deberán de estar perfectamente identificados sus conceptos y firmados por quien pretenda su cobro.
                    • El importe máximo de los pagos en efectivo por conceptos de compras o servicios no deberán de superar 200 €, salvo autorización expresa del presidente o gerente. Todos los demás pagos que superen este importe entrarán en el sistema de pagos ordinarios de la FEPelota.
                    • Los adelantos para viajes y/o compras que precise el personal Directivo o Técnico, deberán contar igualmente con la autorización del Presidente o del Gerente en el recibo correspondiente, antes de ser concedidos. Si se trata de los Técnicos que se desplacen a competiciones, deberán de contar también con el Vo. Bo. del Director Deportivo y o Técnico correspondiente, con carácter previo a las autorizaciones antes citadas.
                    • Cuando las cantidades requeridas como adelanto sean superiores a 200 €, se deberá avisar con 4 días de antelación, para poder hacer las previsiones de efectivo necesarias.
                    • Se realizarán arqueos de caja semanalmente, y se realizará acta del arqueo mensualmente.
                    • En referencia a las cuentas bancarias, se realizaran conciliaciones y se levantará acta mensualmente.

INGRESOS

                    • Una vez aprobado el Presupuesto deberá ser contraído en Cuentas cualquier derecho que se derive con relación a terceros y pueda ser objeto de reclamación. La misma norma se establece para cualquier derecho económico que surja a lo largo del desarrollo del Ejercicio Económico.
                    • Todos los meses deberá ser presentado al Comité Económico estado de situación de los créditos cobrados, pendientes de cobro, y gestiones efectuadas para el cobro de los acreedores morosos.
                    • Todos los ingresos que procedan de contraprestaciones publicitarias, deberán de estar soportados con un contrato. Este contrato deberá tener el visto bueno del Comité Económico y ser aprobado por la Junta Directiva.

Procedimiento para la realización de los Cobros.

                    • Los cobros deberán ser efectuados por aquellas personas que tienen encomendadas la responsabilidad del área correspondiente, y con la autorización del Presidente o del Gerente por cualquier otra en caso de ausencia del responsable primero, o en el supuesto de que estos se hagan en efectivo.
                    • Los diversos departamentos de la FEPelota que en su funcionamiento ordinario perciban cantidades en efectivo, no se les permite disponer o utilizar estos importes para cualquier otro cometido, y bajo ninguna circunstancia para asuntos personales o en concepto de anticipo a cuenta de haberes. Como forma de control deberán realizarse conciliaciones bancarias.

Procedimiento para la realización de los Pagos.

                    • Todos los pagos que deba hacer la FEPelota en su funcionamiento ordinario, se concentrarán en los días de la última semana del de cada mes, salvo aquellos que por su urgencia o necesidad deban de efectuarse fuera de esa fecha.
                    • Se establecerá con los proveedores o prestadores de servicios las condiciones de pago oportunas relativas al tiempo de pago una vez otorgada la conformidad a sus facturas. Con carácter general y siempre que sea posible, el tiempo medio de pago se estimará de 90 días fecha de factura.
                    • Todo pago deberá ir debidamente relacionado junto con sus facturas o documentos justificativos de la realización del servicio o suministro y deberá haber contado con los requisitos exigidos para su autorización.
                    • Los pagos como norma habitual se realizarán por transferencia bancaria. Excepcionalmente se podrán realizar pagos por talón bancario, debiendo de ser autorizados por el Presidente o en su ausencia por el Gerente. Cualquiera que sea la forma, se precisará 2 firmas mancomunadas de entre las siguientes autorizadas.

PRESIDENTE – VICEPRESIDENTE – TESORERO – GERENTE.

Las transferencias bancarias por Internet, se realizarán por el Gerente de la FEPelota, persona que conoce las claves de acceso a la oficina virtual y la firma digital, y con el visto bueno del Presidente, una vez realizadas las transferencias se procederá a la impresión del documento bancario para la firma del mismo por dos de las firmas mancomunadas.

Anticipos personales.

                    • Los anticipos personales a cuenta de salarios, deberán ser solicitados por escrito al Presidente, debidamente motivados y figurando en los mismos el compromiso y la forma de devolución. No se admitirán talones personales en el reintegro de las cantidades. Por los procedimientos descritos en el punto anterior, no es posible que una sola persona pueda intervenir en todas las fases de una transacción, ya que incluso si estas fueran efectuadas por el Presidente o el Gerente a título individual, siempre debería efectuarse el pago mediante la intervención de otra persona, al tratarse de firmas mancomunadas.

CONTABILIDAD

Los distintos departamentos que precisen efectuar facturas o cargos a terceras personas, cualesquiera que sea el concepto (licencias, cuotas, inscripciones etc.) deberán de mantener en archivo todas las solicitudes de inscripciones a competiciones, inscripciones de clubes y jugadores para su revisión por el departamento contable, conteniendo los datos básicos que se requieren, tales como fechas, concepto, destinatario, importe etc.

Las facturas se entregarán al departamento de Contabilidad que procederá a su verificación y contabilización y archivo en facturas emitidas por la FEPelota.

Facturas recibidas en la Federación.

                    • Las facturas recibidas de los diferentes proveedores se centralizarán en el Departamento de Contabilidad, quien recabará el visto bueno. del Departamento o la persona que haya encargado el servicio o realizado el gasto.
                    • Una vez verificada la conformidad del responsable se procederá a su contabilidad y entrara el circuito de pagos normal de la FEPelota. En caso contrario, es decir, si no es conforme, el responsable de su pedido solicitará las oportunas correcciones del proveedor, y hará las gestiones necesarias para rectificar la factura a la realidad del pedido.La FEPelota realizará anualmente un inventario, tanto de existencias como de inmovilizado. Los recuentos físicos serán contrastados posteriormente con la contabilidad. Así mismo y mensualmente se procederá mediante asiento contable a la amortización del inmovilizado material e inmaterial, con sus hojas detalladas por compras en sus años respectivos, teniendo un control de cada una de las inversiones, lo que lleva amortizado al día de la fecha.
                    • El proceso de contabilidad y el sistema contable que se utiliza es el derivado del programa informático que se creó específicamente para las Federaciones Deportivas Españolas a través de NAVISION, Así mismo se cumplen escrupulosamente las instrucciones del “Manual de Presupuestación, seguimiento, liquidación y justificación” que anualmente edita el Consejo Superior de Deportes.
                    • La persona encargada de la contabilidad efectúa los asientos diariamente con el fin de tener la información actualizada.
                    • Semanalmente el Gerente revisará los asientos realizados dando conformidad a los mismos, o en su caso indicando los reparos y/o correcciones que procedan.
                    • Una vez obtenida la conformidad a los asientos realizados durante la semana, se procede a su archivo ordenados por el número correlativo asignado por el sistema, junto con los documentos que soportan las operaciones contabilizadas.
                    • Todos los asientos debidamente archivados son custodiados en el Departamento de Contabilidad bajo llave, así como el resto de la documentación sensible o confidencial (nóminas, libros mayores, extractos bancarios etc.).

iii. Area de Personal.

El objeto de éste área es servir de apoyo a la Secretaría Administrativa y deportiva, en la administración de personal y en la aplicación de la normatividad.

El responsable será el Gerente en el área administrativa, y el Director Técnico en el área deportiva. En cuanto a las funciones serán:

                • Aplicar correctamente las disposiciones establecidas en relación con la contratación y capacitación de personal.
                • Auxiliar a los empleados en los asuntos de carácter laboral en los que intervenga. Registrar los movimientos de personal y detectar posibles incompatibilidades salariales.
                • Cumplir con el procedimiento establecido para el pago de la nómina y cuidar el buen uso de la información que de ella se deriva.

Contratación de Personal.

Cuando la FEPelota precise personal, se seguirá un proceso de selección en el que intervendrá el Gerente y la asesoría jurídica para la elaboración del contrato.

Una vez que se dispone de un grupo idóneo de solicitantes, se da inicio al proceso de selección para cubrir el puesto de trabajo, siendo el Gerente o el Director Deportivo, cuando corresponda al servicio administrativo o deportivo.

iv. Aspectos Técnicos Deportivos:

Anualmente, junto con la elaboración del documento presupuestario que se remite al CSD para su aprobación, se elaborará también y se remitirá al citado organismo según el modelo establecido, un documento de planificación técnico-deportiva que incluirá al menos los siguientes parámetros:

                • Establecimiento de los criterios de selección de los deportistas de los equipos nacionales.
                • Fijación de los criterios de distribución de las becas y/o ayudas por resultados deportivos.
                • Objetivos a corto, medio y largo plazo.
                • Análisis de la temporada pasada.
                • Planificación de la presente temporada.

En todo caso la FEPelota cumplirá fielmente las normativas de participación internacional de sus deportistas, que emanen en cada momento del Consejo Superior de Deportes, y efectuará las peticiones de autorización previa para la organización de competiciones internacionales que hayan de celebrarse en territorio español.

v. Reparto de Subveniones a Federaciones Autonómicas y o Clubes.

Las Federaciones Autonómicas y o clubes, únicamente reciben subvenciones por la participación en Competiciones o por la organización de las mismas.

Las subvenciones otorgadas por la participación en competiciones se otorgan según los criterios aprobados por la Asamblea General de la Federación Española de Pelota, realizando un Presupuesto inicial e informático en Navisión, que ejecuta el recibo de la subvención y el certificado del mismo para la asistencia a los diversos desplazamientos a realizar en la competición, efectuando en ocasiones dos pagos y en otras ocasiones en un solo pago, depende de los desplazamientos e importe de la subvención.

Dichos recibos son enviados al departamento contable para su verificación por el Gerente y para la firma de aprobación del Presidente, con el fin de dar el visto bueno para su contabilización.

Dichos recibos son remitidos a las Federaciones Autonómicas o clubes con el fin de que procedan a la firma y sello de las mismas, enviando la justificación de dichos desplazamientos a la sede de la FEPelota, junto con los certificados de estar al corriente de pago a Hacienda y a la Seguridad Social, con el fin que entren en el circuito de pagos normalizados por la FEPelota.

Así pues adjunto detallamos seguidamente los criterios de financiación para los Campeonatos:

TABLAS DE FINANCIACIÓN CAMPEONATOS DE ESPAÑA AFICIONADOS

                • FEDERACIONES
VIAJE 0,19 €/km. Equipo Mano.
0,19 €/km. Equipo Herramienta.
ESTANCIA Y/O MANUTENCIÓN De 75 a 300 kms. i/v 6,00 €
De 301 a 500 kms. i/v 15,00 €
De 501 a 1.000 kms. i/v 30,00 €
+ 1.001 kms. i/v 36,00 €

La Federación Española de Pelota subvencionará como máximo:

MODALIDAD NÚMERO DE PERSONAS TOTAL POR EQUIPO
Mano 3 titulares y 1 suplente 4
Herramienta 4 titulares y 1 suplente 5

La subvención resultante de aplicar estas cantidades, se abonará en dos (2) pagos del 50% cada uno. El primer pago al término de la primera vuelta y el segundo al término de la segunda vuelta, siempre y cuando se haya justificado el 100% de la subvención concedida, en caso de que la competición sea por liga a doble vuelta. En caso de competiciones por concentración o liga a una vuelta, la subvención se abonará al final de la misma, siempre y cuando se haya justificado el importe total de la subvención.

Si transcurrido cuarenta y cinco (45) días del término de la competición no se hubiese efectuado la liquidación correspondiente para poder efectuar el pago final, la subvención no se hará efectiva.

NOTA: En los abiertos no se financiarán suplentes.

NOTA: Durante los ejercicios de 2.013 y 2.014 dicha financiación no se ha podido realizar por motivos de recortes presupuestarios y para cumplir con el Plan de Viabilidad, financiando los Campeonatos con los ingresos recibidos por inscripciones, descontando de estos los gastos de arbitrajes y trofeos.

                • CLUBES FRONTÓN 30 METROS, 36 METROS Y TRINQUETE
VIAJE 0,19 €/km. Equipo.
ESTANCIA Y/O MANUTENCIÓN: De 75 a 300 kms. i/v 6,00 €
De 301 a 500 kms. i/v 15,00 €
De 75 a 1.000 kms. i/v 30,00 €
+ 1.001 kms. i/v 36,00 €

La Federación Española de Pelota subvencionará como máximo:

MODALIDAD NÚMERO DE PERSONAS TOTAL JUAGDORES
Mano: Individual y Parejas Dos y un jugadores titulares por especialidad, y un suplente para ambas. 4
Herramienta: Paleta Cuero y Pala Corta Dos jugadores titulares por especialidad, y un suplente para ambas. 5
Frontenis: Frontenis y Frontenis PRE Dos jugadores titulares por especialidad, y un suplente para ambas. 5
Paleta Goma Dos titulares y un suplente 3

La subvención resultante de aplicar estas cantidades, se abonará en dos (2) pagos del 50% cada uno. El primer pago al término de la primera vuelta y el segundo al término de la segunda vuelta, siempre y cuando se haya justificado el 100% de la subvención concedida, en caso de que la competición sea por liga a doble vuelta. En caso de competiciones por concentración o liga a una vuelta, la subvención se abonará al final de la misma, siempre y cuando se haya justificado el importe total de la subvención.

Si transcurrido cuarenta y cinco (45) días del término de la competición no se hubiese efectuado la liquidación correspondiente para poder efectuar el pago final, la subvención no se hará efectiva.

NOTA: En los abiertos no se financiarán suplentes.

NOTA: Durante los ejercicios de 2.013 y 2.014 dicha financiación no se ha podido realizar por motivos de recortes presupuestarios y para cumplir con el Plan de Viabilidad, financiando los Campeonatos con los ingresos recibidos por inscripciones, descontando de estos los gastos de arbitrajes y trofeos.

Las subvenciones otorgadas para la organización de un campeonato, necesita la aprobación del Presidente de la FEPelota, y la Federación Autonómica o club deberán acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en los términos establecidos en la Ley General de Subvenciones y en su Reglamento.

Se deberá comprobar y dejar constancia escrita de la realización de la actividad y que se ha cumplido la finalidad para la que se concedió la subvención.

Las Federaciones Autonómicas o clubes deberán de remitir a la FEP, todos los originales de los justificantes de gastos (facturas, recibos..) para su comprobación y que corresponden a la actividad subvencionada y que se han efectuado los correspondientes pagos, quedando depositados en la Federación Española a disposición del CSD.

Las subvenciones otorgadas por la organización de eventos deportivos, Campeonatos ( Autonómicos, Nacionales e Internacionales), u otras actividades, necesita la aprobación del Presidente de la FEPelota y serán pactadas con el organizador según los diferentes criterios:

                    • La captación de recursos propios por publicidad para sufragar gastos de la organización.
                    • En el caso de no tener solicitante para la organización del evento deportivo y ser designada la sede por la FEPelota.
                    • En aquellos casos en que los gastos originados sobre pasen los gastos inicialmente presupuestados y pactados.
                    • Por el exceso de organización de eventos deportivos destinados a la promoción del deporte de la pelota, tales como cesión de instalaciones etc.
                    • Por ser de interés para los planes deportivos de la FEPelota.

vi. Reparto de Subvenciones a Deportistas:

Toda las ayudas económicas que la FEP destine a este colectivo, estarán condicionadas a que los deportistas cumplan con una serie de condiciones, entre las cuales estarán como imprescindibles.

                • Que tengan residencia fiscal en España.
                • Que no sean sancionados por dopaje.
                • Que Observen una conducta deportiva y personal ejemplar.

Los criterios a seguir para el reparto de estas ayudas son las siguientes.

FEPelota: CRITERIOS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A DEPORTISTAS.

AYUDAS ECONOMICAS PARA DEPORTISTAS CON MOTIVO DE LA PREPARACION Y PARTICIPACIÓN EN CAMPEONATOS Y COPAS DEL MUNDO.

a) Las ayudas económicas a deportistas concedidas por la FEP con motivo de la preparación de un campeonato internacional oficial varían en función del tipo de campeonato. Atendiendo a estas directrices las cantidades a abonar a los deportistas seleccionados, que participen en las competiciones enumeradas en el título 1 y cumplan con los objetivos previstos son las siguientes:

                    • Campeonatos del Mundo sub22: 600,00 €
                    • Campeonatos y Copas del Mundo Categoría absoluta: 900,00 €

b) Serán objetivos a valorar por el Comité Técnico de la Federación Española de Pelota:

                    • Asistencia a las concentraciones y los entrenamientos cuando sea convocado por la Federación Española de Pelota.
                    • La participación en los Campeonatos de España.
                    • El comportamiento y actitud del deportista durante la celebración del Campeonato o Copa del Mundo.
                    • El rendimiento en competición, tratando de alcanzar un puesto que sea digno para la Pelota española.

c) La cantidad se hará efectiva de la siguiente manera:

                    • Campeonatos del Mundo sub 22:
                      • 300,00 € en el momento de la incorporación a la competición.
                      • 300,00 € al término de la competición, si se han cumplido los previstos.
                    • Campeonatos y Copas del Mundo Categoría absoluta:
                      • 450,00 € en el momento de la incorporación a la competición.
                      • 450,00 € al término de la competición, si se han cumplido los objetivos.

d) Los jugadores perceptores de las ayudas, remitirán firmada a la Federación Española de Pelota la conformidad y aceptación de los derechos y obligaciones.

e) Los jugadores que no cumplan con las condiciones estipuladas en la normativa podrán ser sacados de la preselección y/o selección, perdiendo todo derecho sobre la ayuda.

NOTA: LA CONSECUCIÓN DE LOS OBJETIVOS SERÁN ANALIZADOS POR EL COMITÉ TÉCNICO DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PELOTA.

OBLIGACIONES DE LOS PERCEPTORES DE AYUDAS:

                • Asistir y cumplir con la programación deportiva anual establecida por la FEPelota, en cuanto a régimen de entrenamiento, concentraciones y competiciones.
                • Utilizar el equipamiento y el material facilitado por la FEPelota en cuantas competiciones participe representando a España a nivel individual o formando parte del equipo o selección nacional, en los términos establecidos en la normativa interna.
                • Cumplir la normativa de régimen interior en los centros de entrenamiento en los que se desarrolle su entrenamiento, de las residencias en las que se encuentre, en su caso, becado, así como cumplir y respetar la normativa establecida por el régimen disciplinario deportivo general y por el régimen disciplinario de la FEPelota.
                • Someterse a los controles y reconocimientos médicos y a los controles de dopaje, tanto con ocasión de una competición como fuera de ella que se le requiera a través de la FEPelota.
                • No realizar determinadas actividades de riesgo durante el periodo de disfrute de la ayuda salvo autorización expresa de la FEPelota.
                • Requerir la autorización de la Federación para participar en todas aquellas competiciones que no sean de interés para la propia Federación.

DERECHOS DE LOS PERCEPTORES DE AYUDAS:

                • El contenido de estas Normativas será de conocimiento general para todos los interesados.
                • Todo deportista becado tendrá derecho a dirigirse directamente al Director Técnico Nacional para cualquier cuestión relacionada con su situación deportiva o la percepción de su ayuda. También podrá dirigirse al Directivo responsable y por escrito al Presidente de la FEPelota, cuando considere que las circunstancias lo requieren.
                • Todo beneficiario gozará de prioridad en la asistencia y utilización de los servicios médicos de la Federación.
                • La FEPelota facilitará a los beneficiarios los medios técnicos y de infraestructura para el desarrollo de su preparación deportiva.

ACEPTACION DE LA AYUDA:

                • Los adjudicatarios de las ayudas deberán remitir a la FEPelota ,la normativa firmada en la que conste su aceptación, y en la que declararán de modo expreso el conocimiento y aceptación de la misma en todos sus términos.
                • El abajo firmante, JUGADOR DE PELOTA en la especialidad de ________________, acreedor de una de las ayudas contempladas en la presente NORMATIVA declara conocer el contenido de la misma y aceptando dicho contenido se compromete a cumplir todas sus obligaciones y que en el caso de incumplimiento conoce, así mismo, la posibilidad de perder sus derechos en todo o en parte, según dictamine la Junta Directiva de la Federación Española de Pelota a propuesta de su Dirección Técnica, habiéndosele concedido el derecho de expresar sus alegaciones.

vii. Sistema de Supervisión Interna.

La consulta de la documentación que soporta las cuentas anuales, podrá ser solicitada por cualquier miembro de los Órganos de Gobierno de la FEPelota siguiendo los cauces reglamentarios establecidos.

Se facilitará a todos los miembros de los Órganos de Gobierno de la FEPelota fotocopia de carta-dictamen realizada por la empresa de auditoria contratada por el CSD para realizar el examen de las liquidaciones de presupuesto y rendición de cuentas.

Como queda establecido al comienzo de este documento el Comité de Auditoria velará permanentemente por la aplicación de las disposiciones y procedimientos establecidos en el Código de Buen Gobierno de la FEPelota efectuando periódicamente chequeos de los procedimientos anteriormente descritos. Se establecerá una norma para efectuar los procesos de control, y la corrección interna de las debilidades del sistema que eventualmente se detecten.

Cualquier miembro de la Junta Directiva o la Comisión Delegada podrán en cualquier momento poner de manifiesto ante los respectivos órganos a los que pertenecen o ante el Comité de Auditoria, cualquier incumplimiento o cumplimiento defectuoso de lo estipulado en el presente documento.

viii. Código de Ética Deportiva.

La Federación Española de Pelota asume íntegramente el cumplimiento del código de ética deportiva, aprobado por el Consejo de Europa el 24 de septiembre de 1992, y que se integra en el presente documento como Anexo nº 1.

Naturalmente, su aplicación al deporte de pelota, se efectuará adaptando su contenido y definiciones a las peculiaridades y especificaciones propias de las competiciones de las diferentes especialidades de deportes de Pelota.

ANEXO Nº1

CODIGO DE ÉTICA DEPORTIVA

Introducción.

a) El Código de ética del Consejo de Europa para el «juego limpio en el deporte» es una declaración de intenciones aceptada por los Ministros europeos responsables del deporte.

b) El Código parte del principio de que las consideraciones éticas que subyacen en el «juego limpio» no constituyen un elemento facultativo, sino algo esencial a toda actividad deportiva, a toda política y a todo tipo de gestión que se realice en el campo del deporte, y de que dichas consideraciones se aplican en todos los niveles de la competencia y de compromiso con la actividad deportiva, tanto de carácter recreativo como de competición.

c) El Código aporta un sólido marco ético para luchar contra las presiones ejercidas por la sociedad moderna, las cuales implican una amenaza para los fundamentos tradicionales del deporte, que se basan en el «juego limpio», en el espíritu deportivo y en el movimiento voluntario.

Objetivos del Código.

a) El Código pretende esencialmente promover el «juego limpio» entre los niños y adolescentes que serán los deportistas adultos y las figuras de mañana del deporte. Sin embargo, el Código se dirige a las personas adultas y a las instituciones que ejercen una influencia directa o indirecta en el compromiso y la participación de los jóvenes en el deporte.

b) El Código engloba el concepto de derecho de los niños y adolescentes a practicar un deporte y a obtener una satisfacción de esa práctica, y el concepto de responsabilidad de los adultos y las instituciones en su condición de promotores del «juego limpio» y de garantes del respeto de ese derecho.

Definición de “Juego Limpio”.

a) El «juego limpio» significa mucho más que el simple respeto de las reglas: abarca los conceptos de amistad, de respeto al adversario y de espíritu deportivo. Es, más que un comportamiento, un modo de pensar. El concepto se extiende a la lucha contra las trampas, contra el arte de engañar sin vulnerar las reglas, contra el dopaje, la violencia física y verbal, la desigualdad de oportunidades, la excesiva comercialización y la corrupción.

El «juego limpio» es un concepto positivo. El Código considera el deporte como una actividad sociocultural que enriquece la sociedad y la amistad entre las naciones, siempre que se practique con lealtad. El deporte es considerado asimismo como una actividad que, si se ejerce con lealtad, permite a la persona conocerse, expresarse y realizarse mejor; desarrollarse, adquirir conocimientos prácticos y demostrar sus capacidades; el deporte hace posible la interacción social, es fuente de disfrute y aporta bienestar y salud. El deporte, con su extensa red de clubes y de aficionados, ofrece la ocasión de participar y de asumir responsabilidades sociales. Además, la participación responsable en determinadas actividades puede coadyuvar al desarrollo de la sensibilidad respecto al medio ambiente.

Responsabilidad por el “Juego Limpio”.

El Código reconoce que la participación de niños y adolescentes en las actividades deportivas se inserta en un entorno social más amplio. Admite que el individuo y la sociedad sólo pueden aprovechar plenamente las ventajas potenciales del deporte si el «juego limpio» deja de ser un concepto secundario para convertirse en preocupación central; reconoce que todas las personas que, de forma directa o indirecta, favorecen e influyen en la experiencia que niños y adolescentes viven en el deporte, deben conceder una prioridad absoluta a dicho concepto. Se trata, concretamente, de:

a) Los gobiernos: a todos los niveles, incluidos los organismos que trabajan con los gobiernos. Los participantes en los sectores oficiales de la educación poseen una responsabilidad especial.

b) Las organizaciones deportivas y vinculadas con el deporte: en particular, las federaciones deportivas y los organismos dirigentes, las asociaciones de educación física, los organismos e institutos vinculados al entrenamiento, las profesiones relacionadas con la medicina y la farmacia, y los medios de comunicación. El sector comercial, comprendidas las actividades de producción, venta y marketing de artículos deportivos, debe asimismo asumir sus responsabilidades y contribuir al fomento del «juego limpio».

c) Las personas: específicamente, los padres, docentes, entrenadores, árbitros, mandos, directivos, administradores, periodistas, médicos y farmacéuticos, así como los deportistas de la alta competición, que sirven de modelos. El Código se aplica a todas las personas, con independencia de que participen como voluntarios o en calidad de profesionales. En su condición de espectadores, las personas pueden asumir responsabilidades complementarias.

Cada una de estas instituciones y personas tiene que asumir una responsabilidad y desempeñar una función. Este Código de ética va destinado a ellas, y solamente será eficaz si todos los actores del mundo del deporte están dispuestos a asumir las responsabilidades definidas en el mismo.

Los gobiernos asumirán las responsabilidades siguientes:

a) favorecer la adopción de criterios éticos, rigurosos en todos los ámbitos sociales en los que el deporte está presente;

b) alentar y apoyar a las personas y organizaciones que apliquen principios éticos sanos en las actividades vinculadas con el deporte;

c) alentar a los profesores y monitores de educación física a que concedan importancia primordial a la promoción del deporte y al «juego limpio» en los programas escolares de formación deportiva;

d) apoyar cuantas iniciativas estén destinadas a promover el «juego limpio» en el deporte, en particular entre los jóvenes, y alentar a las instituciones a que concedan prioridad a este objetivo.

e) alentar, en los ámbitos nacional e internacional, la investigación destinada a mejorar la comprensión de los complejos problemas que afectan a la práctica del deporte juvenil, y a valorar el alcance de los comportamientos indeseables y las oportunidades de promover el «juego limpio».

Las organizaciones deportivas y vinculadas al deporte asumirán las responsabilidades siguientes:

Marco y contexto del «juego limpio»:

a) facilitar directivas claras en las que se definan los comportamientos conformes o contrarios a la ética, y procurar que se implante un sistema de estímulos y sanciones coherentes y ajustadas en todas las modalidades y niveles de la participación.

b) procurar que todas las decisiones se ajusten a un código ético aplicable a su disciplina deportiva e inspirado en el Código europeo.

c) sensibilizar a la opinión dentro de su esfera de influencia respecto al concepto de «juego limpio», mediante campañas, recompensas, material didáctico y ofertas de formación. Estas organizaciones deben, asimismo, supervisar estrechamente la marcha de estas actividades y evaluar sus efectos.

d) implantar sistemas que, además del éxito en la competición, recompensen el «juego limpio» y el desarrollo personal.

e) prestar apoyo y ayuda a los periodistas que fomente la «buena conducta».

El trabajo con los jóvenes:

a) velar por que las estructuras participativas prevean las necesidades específicas de los adolescentes y de los niños en crecimiento, permitiendo la participación en diversos niveles, desde la actividad recreativa hasta la alta competición.

b) apoyar la modificación de los reglamentos con objeto de atender las necesidades específicas de los jóvenes, poniendo de relieve no sólo el éxito competitivo, sino también el «juego limpio».

c) velar por la implantación de garantías con objeto de impedir la explotación de los menores, en particular de los que muestren aptitudes precoces.

d) procurar que todos los miembros o afiliados a una organización que asuman responsabilidades respecto a los jóvenes y adolescentes posean las cualidades necesarias para orientarlos, formarlos y educarlos y, en especial, velar por que conozcan las transformaciones biológicas y psicológicas que implica el proceso de maduración del menor.

Las personas asumirán las responsabilidades siguientes:

                    • El comportamiento individual:

a) poseer un comportamiento ejemplar que ofrezca un modelo positivo a los niños y adolescentes; abstenerse en todo caso de recompensar, adoptar personalmente o pasar por alto todo comportamiento desleal por parte de terceros; imponer las sanciones adecuadas a este tipo de comportamiento.

b) velar por que el nivel de formación y de calificación se ajuste a las necesidades del menor, en función de los diferentes grados de participación en el deporte.

                    • El trabajo con los jóvenes:

a) convertir la salud, la seguridad y el bienestar del niño o del joven atleta en la principal de sus prioridades, y lograr que estos objetivos sean prioritarios respecto al logro del éxito por persona interpuesta, o a la reputación del club, de la escuela, del entrenador o del padre.

b) lograr que los niños vivan una experiencia deportiva que les anime a participar toda su vida en actividades físicas saludables.

c) abstenerse de tratar a los niños como si fuesen pequeños adultos, teniendo, en cambio, conciencia de las transformaciones físicas y psíquicas que implica el desarrollo del niño y del modo en que influyen en el rendimiento deportivo.

d) abstenerse de situar al menor ante expectativas que no sea capaz de satisfacer.

e) reconocer la importancia que tiene el disfrute y el gozo de la competición, absteniéndose en todo caso de ejercer sobre el niño una presión indebida y contraria a su derecho a decidir libremente sobre su participación.

f) interesarse tanto por los individuos mejor dotados como por quienes no lo están tanto, destacando y recompensando, aparte del éxito en la competición, el desarrollo personal y la adquisición de conocimientos prácticos.

g) alentar a los jóvenes a que creen sus propios juegos y adopten sus propias reglas; a que actúen no sólo como competidores, sino también como entrenadores, directivos o árbitros; a que fijen su propio sistema de gratificaciones y sanciones por comportamientos leales o desleales; y a que se hagan responsables de sus actos.

h) facilitar a los jóvenes y a sus familiares toda la información posible, con el fin de que sean conscientes de los potenciales riesgos y atractivos del éxito.

Conclusión.

El «juego limpio» es esencial si se desea promover y desarrollar el deporte y la participación deportiva. El comportamiento leal en el deporte, «el juego limpio», es beneficioso para la persona, las organizaciones deportivas y la sociedad en su conjunto. Nuestra obligación es fomentar ese espíritu.

En Madrid, a 31 de diciembre de dos mil ocho.

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