El Presidente de la Federación Española de Pelota es el órgano ejecutivo de la misma. Ostenta su representación legal y deportiva, convoca y preside los órganos federativos, tanto rectores como técnicos, y ejecuta sus acuerdos.
Será elegido cada cuatro años, coincidiendo con los Juegos Olímpicos de verano, mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los miembros de la asamblea general.
El Presidente podrá ejercer el cargo indefinidamente durante los mandatos para los que sea elegido.
No será preciso ser componente de la Asamblea General de la Federación para ser Presidente.
El candidato deberá ser presentado como mínimo, por un 15% de la asamblea general.
El cargo de Presidente es incompatible con la presidencia de una federación autonómica, con la de otra federación española, o con la de los clubs o asociaciones deportivas.
Para ser Presidente de la Federación Española de Pelota se requerirá:
La Junta Directiva de la Federación Española de Pelota es el órgano de gestión deportiva y económica del a misma, siguiendo las directrices emanadas de la Asamblea General y de la Comisión Delegada. Su número no podrá ser inferior a siete ni superior a veintiuno y sus componentes serán designados y revocados libremente por el Presidente.
Los cargos y funciones a ejercer por los Directivos, serán adjudicados por el Presidente quien, en todo caso, podrá nombrar un máximo de tres Vicepresidentes, y designará a uno de ellos integrante de la Asamblea General, quien le sustituirá en las ausencias temporales, y un Tesorero como responsable directo de los asuntos económicos de la Federación.
La Junta Directiva será convocada por el Presidente una vez cada cuatro meses, por lo menos, incluyendo el orden del día, y sus acuerdos se adoptarán por mayoría de votos siendo dirimente el del Presidente.