En el seno de la asamblea general, y de entre sus miembros, se constituirá una comisión delegada como organismo de asistencia a aquélla.
Son funciones de la Comisión Delegada:
Todas aquellas cuestiones que les sean encomendadas por la Asamblea General.
La designación de los integrantes de la Comisión Delegada la efectuarán los asambleistas en la misma sesión que se convoque para la elección del presidente de la federación. Las vacantes que se produzcan se sustituirán anualmente en la asamblea ordinaria anual. La duración de su mandato será el mismo que el de la asamblea general.
Sus componentes serán 9 miembros y su composición será la siguiente:
Estos representantes serán elegidos por y de entre los integrantes de sus respectivos colectivos, según los criterios expresados en el Reglamento Electoral.
Esta Comisión Delegada se reunirá, al menos, una vez cada cuatro meses a propuesta del Presidente, sin que sea preceptivo establecer previamente un orden del día. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría de votos y no se permitirá la delegación de asistencia y voto en sus sesiones.